El período habilitado para la práctica de la actividad se extiende hasta el 15 de agosto del presente año. Es requisito obligatorio contar con la licencia habilitante y portar la Hoja de Ruta para ser presentada en lugares autorizados.
El Gobierno de la Provincia, a través de la Secretaría de Ambiente, informa que está en vigencia la Resolución para la Temporada de la Caza Deportiva 2015. La normativa habilita la práctica de la actividad hasta el 15 de agosto del presente año.
Se recuerda que es necesario contar con la licencia correspondiente y que está prohibida la caza deportiva en áreas protegidas. Además, es ilícito su ejercicio en horas de la noche con luz artificial, la comercialización del producto obtenido y la práctica a menos de 1500 metros de zonas urbanas o suburbanas. Los cazadores deben recoger los cartuchos a fin de no contaminar los ambientes naturales y utilizar razas de perros autorizadas con el collar de identificación y carnet sanitario, entre otras normativas.
Asimismo, es obligación portar la Hoja de Ruta en la cual deberán dar parte de su actividad a la Policía, Gendarmería o autoridad de control más cercana donde se estuviera ejercitando la caza. Este documento debe presentarse en lugares habilitados dentro de los 10 días de concluida la excursión.
Los interesados pueden consultar ejemplares y cupos permitidos para la caza, razas de perros autorizadas para la recuperación de la presa, costos de licencias y otras normativas en el link del Boletín Oficial http://goo.gl/acLqk7.
– Prensa – Secretaría de Ambiente
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