– Los medios no quieren hablar sobre sí mismos.
– El problema son los monopolios.
Hace falta un marco jurídico que proteja a la sociedad de la concentración empresaria.
– Por Manuel Larrondo (*) |
– 23|09|2009 – apm (Agencia periodística del Mercosur)
Mucho ruido y pocas voces es lo que actualmente se escucha sobre el tema en los programas de radio y televisión; no así en la prensa gráfica, en la que quizás se registra mayor amplitud en los intercambios de opiniones.
Hay sin embargo un punto de coincidencia entre todos los medios: se aprecia que no les resulta cómodo ni grato hablar de ellos mismos, de cómo funcionan, en qué consiste el marco legal que regula la radiodifusión, cómo está conformado el capital de las empresas periodísticas, quiénes son sus dueños, qué tipo de reglas éticas obedecen, entre otros tantos interrogantes que pocas veces se develan.
Han pasado casi 20 años desde que se emparchó la Ley 22.285 de Radiodifusión, que permitió el surgimiento de los monopolios mediáticos conformados por empresas y grupos empresarios que aglutinaron diarios, radios y canales de televisión de aire y cable. No hace falta ser experto en comunicación social para advertir que la repetición constante de un mismo titular por radio, televisión y diario fija la agenda temática del día en la opinión pública. Ello de por sí genera poder en emisor, sin descartar, por supuesto, la libre interpretación que cada uno haga de la información que recibe.
El artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, que tiene rango constitucional, claramente prohíbe la censura a través de medios indirectos tales como, en el caso, la centralización de la información que se genera a raíz de los monopolios empresarios de medios de prensa.
Teniendo en cuenta esta expresa prohibición, nos preguntamos: ¿Hasta que punto el ser humano puede proteger su derecho a recibir información adecuada y veraz frente a un conglomerado inmenso de empresas de medios de gran magnitud y poder económico?
La respuesta no sólo no es sencilla sino que además entendemos que, en principio, es casi de imposible resolución, a menos, claro está, que cambie el marco legal de radiodifusión, a fin de dejar sin efecto los referidos monopolios mediáticos. Nos referimos a los medios audiovisuales, ya que la gráfica no se encuentra regulada por dicha normativa.
Un punto debe quedar en claro y es que la sociedad informada por un grupo minúsculo de empresas no puede ni debe quedar a expensas de ellas, porque es sabido que los empresarios de la comunicación no son más cuidadosos que cualquier otro empresario, siempre que sus intereses sen lucrativos a tabla rasa, aunque prediquen la utilidad social de sus prestaciones. (Ver Herrendorf, Daniel. “Una auténtica dictadura ideológica privada”, El Derecho, tomo131, página 545, nota al fallo N. 41.357, CSJN, diciembre 1° de 1988 in re “Sánchez Abelenda, Raúl c. Ed. La Urraca SA y ot.”).
A partir del momento en que la socialización de la información es también un buen negocio, se entremezclan los intereses sociales con los negociales. Esto no es muy saludable para el derecho a la información verídica que tiene la opinión pública. De allí que merezca una protección especial que, naturalmente, no lesione el derecho a la libre expresión consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y el art. 13 del Pacto de San José de Costa Rica.
El Dr. Carlos Fayt, actual ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en referencia a la actitud nociva que ejercen los medios de comunicación dice: “Como dominar es influir, se influye en la mente para dominar la voluntad individual. Al servicio de esa orientación negativa de la personalidad humana se encuentran, genéricamente, los medios técnicos de comunicación, frente a los cuales el hombre va perdiendo toda posibilidad de pensar por sí mismo. Esos elementos intervienen en la elaboración de las estructuras mentales y han arrebatado de hecho al individuo el derecho a su propia formación e información. En manos privadas, su dominio se encuentra concentrado en un reducido número de grupos económicamente poderosos que, al amparo de la libertad económica e ideológica, ejercen una auténtica dictadura ideológica privada. En definitiva, el hombre actual se ve obligado a luchar por el derecho pasivo a ser bien informado”. (Ver Herrendorf, Daniel, ob. cit. pág. 546, citando a Fayt, Carlos “Derecho Político”, Tomo II, página 327, Ghersi Editor, Bs. As. 1983).
Entendemos, por lo tanto, que es indispensable llamar la atención sobre éste fenómeno de la concentración de medios de prensa, que crece día a día y limita sensiblemente el ejercicio de la libertad de expresión sin censura previa. Ello a fin de afirmar la protección constitucional a este derecho universal, de modo de evitar que aquellos grupos multimedia intenten no sólo sustraerse de la reglamentación del ejercicio del comercio, sino además pretendan detentar un poder omnímodo, que por imposible de controlar, pueda llegar a configurarse en esa dictadura ideológica privada a la que hace mención Fayt.
Debe quedar en claro que la idea no es “demonizar” a la empresa que lleva adelante la explotación de un medio de comunicación. Sabido es que las pequeñas y medianas empresas son la principal fuente de trabajo en la sociedad.
Hoy los argentinos tenemos una oportunidad histórica para que el futuro marco legal vaya más allá de la eventual pelea que pueda mantener el gobierno de turno con un grupo empresario de medios. Los gobiernos pasan, los medios siguen.
Debemos hacernos escuchar para que el nuevo marco legal proteja al sujeto más débil de la batalla que mantiene el gobierno con los grupos empresarios: nos referimos al ser humano y su derecho a recibir información veraz siempre.
(*) Manuel Larrondo es abogado, egresado de la UNLP. Docente de la Cátedra Derecho de la Comunicación, de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social. Director del Instituto de Derecho de los Medios de Comunicación (Área Académica) del Colegio de Abogados del Departamento Judicial La Plata.