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domingo, noviembre 24, 2024

El actual candidato a presidente de Cambiemos no los atenderá. El actual presidente, tampoco

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Un sector autodenominado GRUPO HIPOTECADOS U.V.A. En Bs.As se estimaría unos 10.000, en Salta se aproximarían a los 1.000 afectados. En distintas provincias de la Argentina, también existirían afectados que todavía no harían público su reclamo

Pero esto es como un reguero de pólvora que se va extendiendo..). Precisamente, ese sector de Bs. As y sin contar con apoyo legislativo (Diputados o Senadores de la Nación) alguno, gestionaron un pedido de audiencia al Presidente de la Nación, requerimiento que no accedería el mandatario a tomar contacto personal del tema.

Obviamente fácil es deducir el porqué de esa actitud distante y lejos de la gente en esta cuestión.

El ex presidente del BCRA Sturzenneger del Gobierno de CAMBIEMOS, introdujo el modelo de Chile a los que denominó Créditos Hipotecarios U.V.A. hace tres años. A esto, lo convirtieron en un curro financiero perfecto de relojería, aceitado solo para los bancos.

Con motivo de la campaña electoral lo relanzaron como PLAN PROCREAR (como procrear deuda y embaucar giles..) con algunos cambios cosméticos, pero nada de fondo, pese a los crecientes reclamos de deudores hipotecarios afectados.

No obstante, para el Gobierno Nacional sigue siendo incipiente el germen de un problema que de persistir, se tornaría socialmente inaceptable y de alto impacto negativo en la opinión pública.

Lo cierto es que éste, como otros tantos proyectos financieros y «Negocios» del macrismo, podrían tener dos tipos de soluciones contundentes: la 1ra si el nuevo Congreso Nacional que asumirá el 10 de diciembre de este año, sin cálculo ni pequeños y mezquinos intereses sectoriales, en sesión unánime, dejan sin efecto toda la normativa legal y financiera de los Créditos U.V.A. y se reelabora ley mediante, otra en su reemplazo.

La 2da pasaría por la acción y cometido de los verdaderos Jueces de la Nación, quienes en sus fallos judiciales absolutorios o condenatorios, puedan impartir JUSTICIA, modificando de cuajo el perverso y abusivo sistema de indexación de cuotas y saldo de deuda resultante de los Créditos U.V.A. calculados diariamente en el BCRA.

Hace un poco más de cuatro décadas, imperaba en el país algo similar pero no parecido. Se llamaba CIRCULAR 1050 del BCRA. Eran los tiempos de la dictadura y de Martínez de Hoz.

Decíamos que la verdad jurídica para la intervención de los Jueces, podría estar fundada en la Teoría de la Imprevisión (Art 1198 Cód. Civil) y lo dispuesto en el 1091 -Capítulo 13,que prevé la EXTINCIÓN, MODIFICACIÓN y ADECUACIÓN del CONTRATO y expresa: «Si en un contrato conmutativo de ejecución diferida o permanente, la prestación a cargo de una de las partes, se torna excesivamente ONEROSA por la alteración EXTRAORDINARIA de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, sobrevenida por CAUSAS AJENAS a las PARTES y al RIESGO ASUMIDO, dando derecho a la parte afectada, a plantear ante Juez Competente la RESOLUCIÓN TOTAL ò PARCIAL del Contrato y la ADECUACIÓN del mismo..»

¿Será justicia…? ¿O no será…? El 11 de diciembre de 2019 lo veremos.

– El autor es Periodista – Radio FM IDENTIDAD 103.3 – www.tiemposdehoy.org.ar

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