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domingo, mayo 4, 2025

Ley de medios

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Las presidencias de los Kirchner han sembrado de obstáculos a la prensa libre y a quienes la desarrollan.

Esta actitud se compadece con un accionar encaminado a la imposición de un discurso único y signado por la necesidad de construir en cada ocasión a un enemigo en el cual depositar todas las culpas de los problemas por los que atraviesa el país. En ese marco, quienes desentonan con el discurso oficial son percibidos como una amenaza en tanto representantes de intereses contrarios al bien común. Así, a los medios de comunicación críticos se los ha ubicado rápidamente en esa matriz en calidad de opositores mal intencionados. Esta concepción desconoce la raíz democrática que subyace en la necesidad de que exista pluralidad de medios en la sociedad y que precisamente se puedan poner de manifiesto los errores y demás datos relacionados con el desempeño del gobierno.

Por el contrario, el discurso oficial imprime discrecionalidad al manejo del campo audiovisual como se pone de manifiesto en la actual Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) tanto por la concentración de facultades en manos de una Autoridad bajo la dependencia directa del Poder Ejecutivo y con mayoría absoluta del oficialismo, como así también por la desmesura de las facultades que se le conceden. Más allá de los generosos objetivos expuestos en la primera parte de la ley, se impone un verdadero control de contenidos en la consideración de nuevas licencias. La necesidad de la habilitación estatal para múltiples situaciones puede transformarse en una modalidad indirecta de censura previa. Avasalla las facultades de las provincias. Asimismo, se opone a la seguridad jurídica, ya que con alcance retroactivo obliga a los licenciatarios a adecuar su situación a los contenidos de la nueva norma dentro del brevísimo plazo de un año. Las limitaciones a la propiedad de medios impactan en forma directa en la libertad expresiva.

Cabe recordar que en un fallo anterior,La Prensa S.A Fayt opina que la regulación del precio de venta del diario viola el derecho constitucional que protege la libre expresión sin censura previa en atención a que la garantía institucional de este salvaguarda “todo aquello que se relaciona con la prensa, es decir su estructura comercial, técnica y profesional”.

Nos parece relevante destacar la doctrina judicial así sentada, ya que explica la relación directa entre la sustentabilidad financiera de las empresas periodísticas y su independencia de criterio. A saber: “El tema, pues, se relaciona con la estructura económica de la información ya que la capacidad financiera se corresponde con el grado de independencia y eficacia de la prensa. Cuando la empresa periodística dispone de recursos financieros y técnicos puede cumplir sin condicionamientos externos los servicios de información y de crónica. Cuando no es así por reducción del número de lectores, disminución de la publicidad privada y reducción o falta de avisos oficiales y el incremento de gastos fijos, la inseguridad económica afecta a la actividad periodística, la que debe optar por mantener su integridad e independencia en condiciones agónicas o someterse al condicionamiento directo o indirecto de los que tienen recurso económicos o ejercen el gobierno…”

En el mismo sentido, la Corte Interamerica la Corte Interamericanade Derechos Humanos, en el caso “Ivcher Bronstein”, puso de relieve cómo la afectación a la propiedad privada de medios de comunicación limita la dimensión individual y social de la libertad de expresión: “Al separar al señor Ivcher del control del Canal 2, y excluir a los periodistas del programa Contrapunto, el Estado no sólo restringió el derecho de estos a circular noticias, ideas y opiniones, sino que afectó también el derecho de todos los peruanos a recibir información, limitando así su libertad para ejercer opciones políticas y desarrollarse plenamente en una sociedad democrática”.

Este caso resulta de vital interés en virtud de que se trata de la persecución y acciones intimidatorias del gobierno peruano sobre un accionista de medios, al punto de privarlo de su nacionalidad, afectando su derecho a la propiedad y lesionando la libertad de expresión de éste y de todo el pueblo peruano. Frente a este escenario, cabe interrogarnos cómo la sociedad podría informarse sobre cuestiones relevantes silenciadas por la prensa oficial y paraoficial, como ser el affaire “Ciccone”, que involucra al Vicepresidente de la Nación ela Naciónn una trama de corrupción público-privada. El mismo interrogante vale para saber si existirán espacios audiovisuales en los cuáles dirigentes opositores puedan opinar y disentir con las políticas oficiales. O si, por el contrario, imperará una única voz, en perfecta armonía con los discursos presidenciales transmitidos por Cadena Nacional, en abierta violación a lo establecido en la ley de medios que la titular del Ejecutivo impulsó.

– Por Daniel Alberto Sabsay

* Fragmento de un artículo que integra un libro que publicará próximamente ADEPA.

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