El Senado de la Nación aprobó por unanimidad y giró a Diputados el proyecto de Ley 1.628/13 sobre “Presupuestos Mínimos para la conservación, protección y uso racional de los humedales en todo el país”
Las zonas húmedas o humedales son fronteras entre los sistemas acuáticos y terrestres.
Los humedales son un tipo de ecosistema que constituye una transición entre los ambientes terrestres típicos y los acuáticos profundos (lagos o mares) o de aguas fluyentes (ríos). Son pues, conceptualmente, sistemas fronterizos, y de hecho en la naturaleza aparecen, en muchas ocasiones, en las fronteras o bordes entre el medio terrestre y el acuático, por ejemplo, las orillas encharcadas de un río o un lago, o bien un humedal costero formado entre la tierra y el mar. En estos casos pertenecen al tipo de unidades funcionales que en ecología se denominan ecotonos, es decir, áreas de transición, con personalidad propia desde un punto de vista ecológico entre dos ecosistemas diferentes.
La Convención sobre los Humedales-RAMSAR- define a los humedales en forma amplia como: “las extensiones de pantanos y turberas y marismas, o superficies cubiertas de aguas, como lagunas, mallines etc., sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”.
En la Argentina existen aproximadamente 600.000 km2 de humedales, lo que representa el 21,5% del territorio nacional, un área que aumenta al 23% si se consideran las salinas y los cuerpos de agua.
Proyecto de ley
El proyecto de ley 1.628/13, establece presupuestos mínimos para la conservación, restauración y desarrollo sostenible de los humedales de la Argentina. El mismo propuesto por la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, fue sancionado por unanimidad en la Cámara alta, pasando a la Cámara de Diputados. El proyecto cuenta con el apoyo técnico del equipo de trabajo de la Fundación Humedales / Wetlands International Argentina.
Debido a que los humedales son ecosistemas de gran utilidad, encontrándose la mayoría de ellos muy afectados y amenazados debido a los impactos antrópico y por el cambio climático, se necesita la aprobación por parte de la Cámara baja para que se protejan y se detenga su actual degradación.
La senadora Elsa Ruiz Díaz una de las impulsoras del proyecto señaló que “Con esta ley procuramos que el disfrute de los servicios ambientales de los humedales sea compatible con las actividades productivas provinciales, teniendo en cuenta el dominio originario de las provincias sobre sus recursos naturales (artículo 41 de la Constitución Nacional)”.
Este Proyecto de Ley fue consensuado y apoyado por la Administración de Parques Nacionales, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Cancillería Argentina y distintos sectores políticos, asesores, universidades, organizaciones sociales y ONGs.
La Ley se puede leer en: http://www.senado.gov.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1628.13/S/PL
Beneficios
Los humedales prestan una amplia gama de servicios ecosistémicos que contribuyen al bienestar humano, a saber:
Servicios de aprovisionamiento, como alimentos, agua dulce y fibra; servicios de regulación, como saneamiento del agua, regulación del clima, retención de suelos y sedimentos, y protección contra tormentas e inundaciones; servicios de apoyo, como formación del suelo y reciclamiento de nutrientes (nitrógeno, fósforo y carbono); y servicios culturales, como valores estéticos y espirituales, educación y recreación.
– Foto: Lagunas Alto andinas- Prov. Salta – foto Horacio
Lagunas Alto andinas- Prov. Salta – foto Horacio
– El autor es Presidente / Asociación Amigos de los Parques Nacionales – AAPN –
Experto Comisión Mundial de Áreas Protegidas – WCPA – de la IUCN-
Red Latinoamericana de Áreas Protegidas – RELAP –