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domingo, noviembre 24, 2024

Abuso de poder y Default en el dilema judicial del Olimpo K (Boudou-Barañao) ¿Indiferencia o complicidad de los políticos y periodistas opositores?

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En cuanto a la capacidad para desde el poder infundir miedo, Amado Boudou habría sido para el país mucho menos funesto que el Ministro Lino Barañao. A pesar de ello, este Ministro viene desplegando en la función pública un abuso de poder y un afán persecutorio en forma enteramente desapercibida e impune.

En efecto, desde sus comienzos en la Secretaría de Ciencia y Técnica (SECyT) y desde antes que en 2009 fuera acusado penalmente (por abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, y tráfico de influencias), Barañao ha venido anudando mediante el poder venal de los subsidios de investigación un laberinto de organismos de ciencia (ANPCYT, CONICET, CONEAU, Secretarías de CyT de las Universidades, Comités de Ética de CyT); y por medio de un arsenal de mecanismos represores ha venido amedrentando y escarmentando las opiniones críticas y disciplinando o domesticando los planteles de investigadores (ver links).

http://argentina.indymedia.org/news/2009/08/687509_comment.php

Y a pesar de esta grave imputación penal, la clase política opositora y el periodismo independiente han omitido investigar la conducta de Barañao, renunciando a explicar el creciente atraso científico del país y su origen en las secuelas culturales del abuso de poder. En su lugar, dicha clase política opositora y el periodismo independiente apuntaron exclusivamente al eslabón más débil de un engranaje ilícito marginal, centrando todo el peso de sus acusaciones en un arribista jactancioso y aventurero de cabotaje, como Amado Boudou, calculando que con ello podían comprometer criminalmente a la propia Presidenta de la República y que imputar a otros altos funcionarios distraería el blanco hasta entonces elegido ¿Acaso es posible, con el consentimiento tácito de todos los políticos (desde Altamira hasta Carrió, pasando por Binner, Sanz, Cobos, y Solanas), que el “sólo y único” delincuente en el Olimpo K sea Boudou? ¿Cabe entonces indagar si acaso la persona de Boudou ha sido más funesta que la de Barañao? ¿Acaso indultando a Barañao y perdonando su responsabilidad en el atraso científico del país, sería posible derrotar al Kirchnerismo?

Para evaluar estos dilemas judiciales del Olimpo K habría que clasificar previamente los delitos por la gravedad de los bienes jurídicos tutelados (individuales o colectivos, económicos, políticos o culturales), y repreguntar luego ¿que es más perjudicial y mortal para una sociedad y un estado que aspiran alcanzar una plena vida democrática, que un funcionario robe o cometa peculado como es el caso de Boudou (cuyos delitos tipificados son factibles de ser medidos y afectan la propiedad pública y/o privada, es decir son derechos económicos); o que infunda miedo, compre lealtades y persiga a sus críticos practicando en el control del conocimiento la figura del abuso de autoridad como lo ha venido ejerciendo Barañao?

A diferencia del robo y el peculado, el daño intelectual inferido mediante el miedo es imposible de evaluar y cuantificar por tratarse de una emoción paralizante fundamentalmente psicológica y cualitativa. Los abusos de poder en la conducción científica de un estado, al debilitar la capacidad innovadora y al congelar la voluntad para emprender investigaciones científicas, amenazan las instituciones con secuelas culturales (en los intercambios, convenios,
cooperaciones, programas, publicaciones, traducciones, etc.), que en países científica y tecnológicamente atrasados y de pequeña escala como el nuestro alimentan una devastadora incomunicación y aislamientos más prolongados, profundos e invisibles que la puntual y transitoria cesación de pagos o default, hoy en el candelero internacional. Y eso sin mencionar que las consecuencias de dicho default habrán de tener también resultados luctuosos en el seno de la cultura, pues seguramente –más allá de eventuales embargos– han de frustrar el porvenir de la ciencia, con incalculables perjuicios para el equilibrio demográfico de la comunidad científica (creciente fuga de cerebros y más intensa endogamia académica) (ver art.5 de la Declaración de Friburgo, 2007).

http://www.culturalrights.net/es/documentos.php?c=14&p=161

Escandalosamente, en medio de la más absoluta ausencia de solidaridad, la mayor indiferencia política, y una sistemática censura periodística, la denuncia penal contra Barañao fue archivada por el Juez Marcelo Martínez de Georgi en abril de 2011 mediante la aceptación de un solo testigo que a la postre resultó ser un testigo falso por ser Director del FONCYT/ANPCYT (Lic. Carlos Casanello). Pocos meses después, en octubre de 2011, la sentencia archivadora fue aceleradamente confirmada por la Sala II de la Cámara Federal Penal (Horacio Cattani, Martín Irurzún y Eduardo Farah).

Pero el “hecho nuevo” de un testigo y su testimonio, ambos falsos (aceptado por el Juez y confirmado por la Cámara Federal), que justificaron la maniobra fraudulenta, producida con simulacros arbitrales (para que un centenar de Coordinadores de la Agencia o ANPCYT se asignaran a sí mismos los subsidios), deberá permitir que en un futuro próximo la Justicia reabra dicha causa o en su defecto se inicie juicio político al Juez Martínez de Georgi y a los camaristas Cattani, Irurzún y Farah.

Argentina: Obsecuencia de los Jueces al Poder Político

La impunidad judicial que resultó de este ultraje al capital cultural del país contaminó la comunidad académica con un miedo generalizado (el “huevo de la serpiente”) que amedrentó a millares de investigadores, pues desde entonces nadie se atreve a “sacar los pies del plato”, y todos se dedicaron mansamente a “lavar los platos” (publicar papers) y no entraron a cuestionar ni debatir la política científica del país. ¿Puede acaso una comunidad científica amedrentada producir conocimiento científico de excelencia?

Toda esta Caja de Pandora de la miseria académica remonta su origen a la macdonaldizada legislación impuesta en todo el mundo por el Banco Mundial, quien con la Caída del Muro de Berlín en 1989 había sustituido –en el control internacional de la cultura– a la UNESCO, dominada entonces numéricamente por los autodenominados Países No Alineados. Esta legislación fue adoptada a instancias del Consenso de Washington (1989), durante el Menemato (1996), mediante decretos de necesidad y urgencia (DNU), pero nunca fue cuestionada por los políticos opositores y tampoco fue reformada. Este desplazamiento en la hegemonía cultural del mundo, luego de agotada la Guerra Fría, y la consecuente y gravosa imposición de un gerenciamiento eficientista y arancelado en el campo de la investigación científica y la educación superior (nueva colonización indirecta o cientometría) –con jurados compuestos por pares evaluadores y no por sabios consagrados– fue subestimado por los partidos políticos opositores, las iglesias, el Papa y los Obispos, y las nuevas potencias emergentes (China, India), y fue ocultado por la gran prensa local e internacional y por todo el arco del periodismo político.

Este múltiple ocultamiento sacrificó en el altar del Taylor-Fordismo (aplicado a la producción científica) un movimiento reformista autóctono cuyo motor inspirador fue la autonomía del saber respecto del estado y que de haber persistido en su dinamismo transformador habría enriquecido y potenciado la creatividad y la originalidad de la producción académica argentina. En ese sentido, desde la tan pregonada globalización, la cultura y el conocimiento en la periferia mundial (incluida Argentina) se inmovilizaron en una suerte de default, por haberse quedado incestuosamente aisladas, fragmentadas y dependientes de poderes estatales prebendarios (e.g.: inexistencia de un mercado editorial y científico-docente continental entre los países del UNASUR). Y entre otras secuelas culturales de este default, también las patentes de invención de los organismos de ciencia argentinos (INTA y CONICET), concentradas en las oficinas de registro de los Estados Unidos (a semejanza de los bonos con jurisdicción de Nueva York), se han vuelto embargables por los mal denominados Fondos Buitres.

Para mayor desolación e incertidumbre en la confianza que despiertan ciertos colegas, dicho interesado ocultamiento habría obedecido a la activa presencia –entre los investigadores pertenecientes a las ciencias sociales subsidiados por el gobierno– de asesores y legisladores de los partidos políticos opositores (Novaro, Gil Lozano, etc.) y de los principales colaboradores del periodismo independiente (escrito y televisivo). Estos intelectuales-ensayistas de la gran prensa, antes de haberse metamorfoseado en enemigos del actual gobierno, con sospechosos objetivos gatopardistas, se habían solazado como comensales de la fiesta Kirchnerista, pues se beneficiaron personalmente con cuantiosos subsidios de la Agencia o ANPCYT (e.g.: Altamirano, Burucúa, Cavarozzi, Chiaramonte, Gallo, Gelman, Gerchunoff, Goldman, Guariglia, Mallimacci, Novaro, Plotkin, Reboratti, Rocchi, L. A. Romero, Di Stefano, Svampa, Ternavasio, etc.).

www.er-saguier.org/articulos_ampliacion.php?id=12

Esos fondos de la Agencia procedían de un crédito mega-millonario (U$S 1240 millones de dólares, un monto semejante a la actual deuda con los mal llamados Fondos Buitres) otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), nunca auditado, que debían haber estado destinados a la infraestructura científica del país (laboratorios, bibliotecas, centros de documentación, etc.), y a herramientas modernas como el escaneo, pero que fueron obscenamente malversados para beneficio personal de un centenar y medio de funcionarios (Coordinadores de la Agencia, miembros del Directorio y de las Comisiones Asesoras del CONICET, Secretarios de CyT de las Universidades) con la callada complicidad de los científicos sociales aquí identificados, y de la elite política y periodística mencionada.

http://argentina.indymedia.org/news/2014/06/861771.php

El ocultamiento citado habría obedecido también al apoyo incondicional brindado por diversos periodistas e intelectuales, que aún cuesta creer sigan adulando al Ministro Barañao y pretendan su continuismo (Leuco, Kovadloff).

http://www.er-saguier.org/articulos_ampliacion.php?id=28

Finalmente, para perseguir a quien denunció a Barañao en la Justicia Penal tuvo lugar la adopción de una serie de instrumentos represivos (rechazo de Informes, jubilación de oficio, postergación de ascenso, tribunal inquisitorial del art.41). A continuación, va incluido el Apéndice A con la transcripción de los fundamentos de la apelación aceptada por el Juez en lo Contencioso
Administrativo Federal Pablo Cayssials, respecto de una medida cautelar contra el CONICET por nulidad de acto administrativo.

Eduardo R. Saguier, PhD

Investigador del CONICET

Inicio

Apéndice A

FUNDA RECURSO

Señor Juez:

Jorge Enrique Marenco, por la actora, en los autos «SAGUIER, Eduardo c/CONICET s/nulidad», con el domicilio constituido en Corrientes 1515, piso 2do., C., CABA, a V.S. digo:

FUNDA RECURSO:

1- Objeto: Se agravia esta parte de la Resolución dictada, por cuanto se ha resuelto negativamente la medida cautelar solicitada sin considerar el proceso principal y los motivos por los cuales se debió iniciar el juicio de nulidad, que fueron ni mas ni menos que el abierto apartamiento a las normas previstas por la ley de procedimientos administrativos y el código procesal en materia de trámite de las recusaciones. Asimismo, por no haber dado por acreditados los presupuestos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, que surgen claramente de la lectura de la acción y fueron explicitados al solicitar la medida precautoria, todo de conformidad con lo que seguidamente expongo:

2- Antecedentes.

A fs. 112 del Expte. 2209/2006 del Registro del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, obra la Resolución 2255 del 28 de septiembre de 2008, por la que el Directorio declara No Aceptable el informe de la labor cumplida en el periodo 2004/2005.-

A fs. 115 de dicho expediente obra el recurso interpuesto para que se reconsidere la Resolución 2209/06 y en subsidio el recurso de alzada.-

Por los Arts. 40/41 del Estatuto del CONICET, la reconsideración será realizada por la Comisión Asesora ad – hoc, previa conversación con el investigador.

3- Agravios:

-En el caso de autos y en los términos del Estatuto del CONICET, por ser la segunda declaración de No Aceptable del informe bianual, el Directorio considerará la permanencia o no del investigador en la carrera; de ahí la importancia de los antecedentes narrados en la causa y que dan la certeza del accionar de la administración para cesar al actor, conductas acreditadas en autos que el a-quo no ha considerado.-

El recurso de reconsideración que data del año 2008 relacionaba la disposición de subsidios personales dados por el estado y sus diversas agencias vinculadas a la investigación, con funcionarios, directivos y miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET y otros de diversas dependencias, transformándose de jueces en partes interesadas, lo que es aberrante al estado de derecho y la ética pública.

Esa discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos venía siendo objeto de denuncia por el actor desde tiempo antes a los informes rechazados como surge del expediente agregado por la demandada, en el entendimiento de tratarse de un mecanismo distorsivo y ajeno al ambiente de libertad e independencia que debe guardarse en la actividad de investigación, donde los subsidiados quedan deudores de los otorgantes, y estos a su vez, son también subsidiados en aprobaciones de sus proyectos por aquellos.-

Lógicamente, el actor que debía someterse a evaluación, excluye a todos quienes han sido parte de ese sistema circular de repartos, entre los beneficiarios de subsidios y/o permisos para consultorías o asesorías a particulares, abultados en algunos casos y en otros reiterados hasta 5 veces.-

No en vano y pese al tiempo transcurrido y prorroga solicitada, aún no ha sido respondido el oficio librado en autos al CONICET, requiriendo precisamente esa información, circunstancia que tampoco valora el a-quo.-

– A consecuencia del Recurso de Reconsideración interpuesto, en el folio 133 del expte. 2209/06, se dispone y notifica la realización de la entrevista del Art. 41 del Estatuto con diversos miembros de la carrera, entre los cuales algunos ya habían intervenido antes al ser rechazado el primer informe, otros beneficiarios del sistema de subsidios que el actor tanto cuestionaba y todos designados por miembros del omnímodo Directorio del CONICET, que también fueron beneficiarios de subsidios, como se narrara al solicitar la cautelar y en la acción. De allí la recusación planteada, los designados no garantizaban imparcialidad.-

No obstante los términos de la recusación a los asesores designados para la valoración de la obra científica y las normas aplicables a las recusaciones, la reunión de los recusados se realizó sin la presencia del actor según folio 156 expte. 2209/06 con fecha 8 de mayo de 2009; y para peor, sin el informe de los recusados que prevén las normas aplicables, ni haber sido resuelto previamente en legal forma.-

Dichas irregularidades procesales y que surgen del Art. 6to. de la Ley de Procedimientos administrativos, 17 y siguientes del CPCCN, fueron denunciadas en el escrito del folio 161/66 por el que se interpuso el recurso Alzada, para que intervenga el superior.

– Finalmente, con fecha 26 de julio de 2010 el Sr. Ministro de Ciencia, Técnica e Innovación Productiva, resolvió el rechazo del recurso, sin considerar los vicios en el trámite impuesto y con el agravante de levantar el planteo de nulidad de lo actuado por la Comisión Asesora en la reunión del 8/5/2009, pero sin hacer una sola consideración al respecto, ni una palabra, lo que hace a dicha resolución también arbitraria.

– El intento de jubilación narrado y acreditado en autos, pese a no cumplirse con el recaudo de tiempo de servicio como fuera denunciado al demandar, junto a los hechos arriba narrados, constituyen un cúmulo combinado de acciones que acreditan el estado de persecución ilegal y sancionatorio que excluye el principio de legitimidad y ejecutoriedad del acto, a lo que se suma ahora, la citación para la concreción del Art. 41 del estatuto en mérito a un recurso de reconsideración planteado hace 4 años, estando precluida definitivamente la actividad administrativa con la resolución del Sr. Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva Nro. 493/10 del 26/7/2010 agregada al expediente 2209/06 y la cuestión judicializada.-

– Agravia que se considere pendiente de Resolución el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución 2255/08 y con ello convalidar el proceder del CONICET, cuando la administración había perdido por completo la competencia del Art. 7 LPA, al existir el pronunciamiento denegatorio de la petición de recusación tanto del CONICET, como del Sr. Ministro, estando la cuestión bajo la instancia judicial, por ende precluida la instancia administrativa.-

– El peligro de perjuicio irreparable que el a-quo no da por acreditado, no ha sido en la medida precautoria solo la fecha de fijación de fecha para la entrevista como dice, surge de la realización de actos inminentes que afectan la situación de revista del actor con pérdida definitiva del derecho que se tuvo a ser promovido de categoría.

Se advierte el peligro en la demora, cuando el CONICET actuó con irregularidades objetivas evidentes y denunciadas, nunca reconocidas, y confirmadas por las máximas autoridades administrativas que luego las ratificó al contestar la demanda.

Mas allá del perjuicio laboral, que para el actor significa su único medio de vida…, las costas. La administración que provocó con sus actos la demanda, por la vía de retrotraer y «retomar» la via administrativa que ya estaba terminada, transforma el objeto procesal en abstracto, haciendo recaer las costas en esta parte.-

El solo hecho de llamar nuevamente a la entrevista del Art. 41 con una nómina de asesores designados para esa entrevista distinta a la nómina originaria, le da razón a mi parte que recusó a los asesores designados, quedando así plenamente acreditada la verosimilud del derecho. Además, el texto de la citación abona lo dicho por cuanto no surge que la promoción de mi parte será tratada en ese acto, como si ese derecho estatutario no hubiera existido nunca.-

– Y en ese sentido, lejos de ser un daño potencial o conjetural como dice V.S., de no brindarse la protección solicitada, se afectan entre otros, los principios del derecho como el de inalterabilidad de la cosa litigiosa con el fin de evitar perjuicios irreparables, derechos constitucionales como el de división de poderes al inmiscuirse la administración en cuestiones sobre las que perdió competencia y la tiene efectivamente la justicia con el juicio de autos, el derecho de defensa en juicio, igualdad ante la ley, el de estabilidad del agente y derecho a la promoción en la carrera de investigador.-

– Los términos controvertidos de la litis prueban que CONICET no ha dado marcha atrás en autos, por el contrario, ha sostenido la validez de su conducta posterior a las recusaciones (no hubo informe de los recusados, ni resolución oportuna) y la validez de un acta (fs. 152, exp. 2209/06) pese al informe de su propio servicio jurídico (ver fs. 191 expte. 2209/06 CONICET) que fuera atacada de nulidad en autos y justificara el inicio de la acción. Tanto el Directorio como el Sr. Ministro trataron y resolvieron el rechazo de las recusaciones, pese al irregular trámite.-

No ha considerado el a-quo que el informe bianual de los años 2004/5 fue resuelto y recurrido en el año 2009 y recién en 2013 se «advirtió que se encontraba pendiente de resolver». ¡¡¡ Luego de 4 años el CONICET pretende que valorar o reexaminar la labor del investigador hace a la funcionalidad del estado !!! ¿? . Y el a-quo al resolver lo siguió en su razonamiento, cuando lo que vemos claramente es motivación evidentemente falsa, con fines no queridos por la ley y el estatuto aplicable para cesantear al actor.-

Ese tiempo transcurrido y la presentación puntual de los sucesivos informes bianuales, hacen absurdo que se perjudique al estado o se afecte la funcionalidad del mismo con la medida pretendida, máxime cuando el principio de legalidad y ejecutoriedad están afectados dadas las irregularidades demostradas en la causa y que surgen del propio expediente agregado por la demandada.-

– Sostiene el que no advierte exceso en las facultades que la ley le otorga al organismo demandado y con ese fundamento rechazo la cautelar sin tener presente que no hay ley que autorice a la administración a desconocer al Poder Judicial y resolver per se, lo que se encuentra bajo su jurisdicción y potestad.-

Desde otra perspectiva, no se trata de exceso en las facultades conferidas por la ley ni esta parte ha levantado ese fundamento, se trata de irregularidades en la ejecución de la ley y el estatuto señaladas oportunamente, sin que los funcionarios del CONICET y el Sr. Ministro al resolver por alzada hayan querido reconocer o enmendar, hechos que llevaron a mi parte a iniciar las presentes actuaciones pidiendo la nulidad de lo actuado con posterioridad a las recusaciones.-

– La materialidad evidente que surge de la irregularidad comprobada en el procedimiento de la recusación, la omisión de tener presente el propio informe de su servicio jurídico (fs. 191, expte 2209/06 donde se aconsejaba declarar la nulidad del acta de su folio 152), la frustrada tentativa de jubilar manus militari al investigador, retrotraer a la sede administrativa lo que se encuentra en sede judicial, para el a-quo nada significa y de esos actos nada puede apreciar, al punto de sostener que el peligro en la demora no alcanza a ser configurado y que solo hay/son apreciaciones subjetivas.

– Sin dudas, aunque el a-quo no lo haya advertido, el objetivo que se evidencia en la actividad del CONICET es cesar inmotivadamente al actor, claro que para hacerlo y como resulta ostensible malversan los hechos, ocultan la presentación de otros varios informes bianuales -aún sin respuesta- y pretenden exorbitar la existencia de la preclusión administrativa, alterando la división de poderes establecidos en la C.N, lo que el fallo del a-quo inexplicablemente convalida, abdicando de su función jurisdiccional.-

– Y como V.E. puede verificar en el escrito pidiendo la medida cautelar, como en el de inicio del juicio, se ha solicitado también la condena a discernir y resolver el ascenso a Investigador Principal, y de producirse el cese de mi parte, tornaría en una cuestión abstracta, haciéndole perder definitivamente el derecho que tuvo y le confería el Estatuto CONICET, merced a la prolongada y deliberada omisión, dada la persecución que se ha denunciado.-

Por todo lo expuesto, solicito se revoque la resolución y se haga lugar a la medida precautoria, con costas.-

Proveer de Conformidad que,

Será Justicia.-

Jorge Enrique Marenco

2 COMENTARIOS

  1. LANATA y CARRIÓ vs. la espiral de miedo y silencio y la Jaula de Hierro en la ciencia y la educación argentinas
    LANATA y CARRIÓ vs. la espiral de miedo y silencio y la Jaula de Hierro en la ciencia y la educación argentinas

    La creciente imposición de una ola de miedo y silencio en los ámbitos científico-educativos se acentuó en Argentina hace un cuarto de siglo, durante el Menemismo, se intensificó a posteriori durante el Kirchnerismo, y se derramó desde ahí hacia el resto del sistema en un largo proceso histórico que ha sido teorizado recientemente por Noelle-Neumann (1995, 2010), y cuyo daño a la sociedad argentina medido en términos monetarios supera largamente a la totalidad de la deuda externa.

    Efectivamente, el miedo al aislamiento social en la convivencia con los colegas docentes y la necesidad de pertenecer a una camarilla se agravó en los ámbitos académicos a partir la caída de Alfonsín (1989). Seis años después, en 1995, este miedo se profundizó con la promulgación de la Ley de Educación Superior (LES), que admitió el arancelamiento y restringió la autonomía universitaria, y con la imposición por decretos de necesidad y urgencia (1995-1996) de un arsenal burocrático inspirado por el Banco Mundial, y atentatorio del principio de autonomía universitaria. Este principio, conocido como doctrina reformista, garantizaba la independencia del saber respecto del estado, y fue consagrado hace un siglo y medio en la Ley Avellaneda (1885). Dicha doctrina, aunque no logró acabar con deformaciones –como la endogamia docente y la departamentalización postergada y con la valoración en los concursos de la antigüedad en desmedro del mérito (Gaviola, 1931)– fue violentamente interrumpido solo por dictaduras militares a partir de septiembre de 1930, y por regimenes bonapartistas a partir de junio de 1943.

    Entre esas medidas burocratizantes y contra-reformistas introducidas por el Menemismo y nunca derogadas descolló la instauración en todas las universidades de la categoría del docente-investigador, que fragmentó la comunidad educativa en dos compartimentos falsamente disociados, los docentes que investigan por un lado y los que meramente repiten lo conocido por el otro, cuando en principio el docente universitario por el solo hecho de serlo debe estar moralmente obligado a investigar. Por ello, un docente no puede ni debe ser inducido a investigar mediante estímulos materiales previos a la real y efectiva producción intelectual, pues en su lugar existen combinaciones de estímulos simbólicos y materiales mucho más exitosos, donde el esfuerzo realizado se premia con ulterioridad (Nobel, Cervantes, Konex, etc.).

    La nueva categoría del docente-investigador burocratizó la conciencia moral e intelectual de nuestros docentes, pues vino a aceitar la producción académica con incentivos salariales deshonrosos que estimularon un combo explosivo de egoísmo, miedo y codicia que acabó con la solidaridad y el espíritu de equipo, y sembró entre los investigadores una competitividad salvaje y una creciente pérdida de personalidad y de libertad. Para mayor competitividad y control burocrático, estos incentivos se estratificaron en un laberinto de cinco (5) rangos escalonados, y los conflictos por las categorizaciones se dirimieron en tribunales ministeriales extra-universitarios que dieron lugar a pleitos extenuantes y litigios kafkianos, merecedores de un estudio pormenorizado de la miseria académica argentina. La consiguiente violación de la autonomía en la evaluación del saber no fue en ese entonces cuestionada ni por los partidos políticos ni por los medios de comunicación.

    http://www.ellibrepensador.com/2012/04/19/el-acoso-de-leviatan-a-la-ciencia-argentina/

    Amén del docente-investigador siguieron otras medidas burocratizantes y contra-reformistas tales como la Agencia Nacional para la Producción Científico-Tecnológica (ANPCyT) y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), que acentuaron en lo institucional la pérdida de autonomía y en la producción científica la ponderación de un eficientismo macdonaldizado, de raigambre Taylorista.

    Por otro lado, con la puesta en funcionamiento de la denominada Agencia se inició una operatoria crediticia internacional financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) consistente en un crédito otorgado en tres tramos distintos y sucesivos que se inició en 1999 y que alcanzaron hasta el 2010 la suma de U$S 1240 millones de dólares, cifra similar a la adeudada a los mal llamados Fondos Buitres. La distribución de esa enorme suma de dinero en lugar de estar destinada a la infraestructura científica del país (laboratorios, bibliotecas, archivos, museos, etc.) se derivó a proyectos individuales de investigación operados por científicos que ya tenían inserción en el sistema nacional de ciencia y que por ende contaban con sus respectivos ingresos salariales. Esta discrecionalidad acrecentó en la comunidad educativa el miedo al aislamiento que se había iniciado con la estratificación de los docentes-investigadores, y este miedo luego se espiraló contagiando a toda la comunidad científica con un silencio opresivo, lo que a su vez ha derivado en un clima de sofocante jaula de hierro (Weber), que Kafka había metaforizado como un enmudecido castillo al que nadie se atreve a entrar o en una colonia penitenciaria de la que solo cabe escapar.

    El actual Ministro Barañao administró la referida suma cuando estuvo al frente de la SECyT, pues bajo su mando se orquestaron el medio centenar de comisiones y jurados de la Agencia (ANPCyT) que distribuyeron dicha suma en forma delictual, beneficiándose los mismos funcionarios responsables del reparto (o botín de guerra). Estos Jurados y Coordinadores se caracterizaron por violar la independencia e imparcialidad de la función arbitral, pues operaban simultáneamente como jueces y partes. Cada uno de ellos, al considerarse sus propios proyectos de investigación, simulaba –como en una variante del juego de las sillas– retirarse del jurado para una vez obtenido el subsidio reintegrarse al mismo y reciprocar a sus colegas del mismo jurado. Por cierto, esta violación de la independencia arbitral deslegitimó el sistema científico y educativo supuestamente creado para emancipar a los educandos, y acentuó aún más la espiral de silencio, que fue infructuosamente denunciada ante la justicia penal de Comodoro Py, pero que tampoco mereció por parte del aparato político partidario ni por los medios de comunicación el menor interés ni confrontación alguna.

    http://argentina.indymedia.org/news/2009/06/675845.php

    De todos los partícipes de este escenario político, se destacaron con el tiempo por su valentía y coraje cívicos el periodista Jorge Lanata y la diputada Elisa Carrió, a quienes les vino a corresponder por ello el precepto formulado por De Gaulle, que a mayor grado de exposición pública y capacidad intelectual se debe exigir siempre mayor responsabilidad. Por el contrario, hubo otros periodistas e intelectuales que faltaron a este precepto como Leuco y Kovadlof, pues se sumaron al coro adulador o colaboracionista del Ministro Barañao. Hubo también otros más recalcitrantes, como Grondona, que persistieron en su prédica limitacionista y arancelatoria, y también quienes practicaron un tardío reconocimiento, como el periodista Nelson Castro, que pese a su esclarecido combate contra el Kirchnerismo, recién se desayunó en el tema universitario al entrevistar al economista Alieto Guadagni y fatigar sus estadísticas sobre profesionales universitarios, estadísticas que dicho sea de paso su colega J. J. Llach reduce solo a la educación primaria.

    Sin embargo, el que acaparó el repudio periodístico y político, al haberse descubierto sus maniobras delictivas, fue un personaje de alta exposición pública, ajeno a la ciencia y a la enseñanza superior, aunque graduado en el CEMA, el vicepresidente Boudou, quedando el resto de los funcionarios incursos en severos peculados, obstinadamente olvidados e ignorados ¿Cuál ha sido el motivo para que la oposición pusiera eje en un solo integrante del gabinete y omitieran al resto de los Ministros del Olimpo K? ¿Acaso fue la ubicación de Boudou en la línea sucesoria presidencial? No estar en la línea sucesoria como le ocurre al Ministro Barañao ¿lo exime acaso de responsabilidad judicial alguna? Si bien el Secretario de Transporte Jaime no estuvo nunca en la línea sucesoria, por haberse disparado una tragedia que significó un centenar de muertos mereció sin embargo ser justamente procesado. Siguiendo esta línea especulativa ¿acaso la oposición estaría soñando con un escándalo similar, como el de la Crotoxina (1986), para poder despertar un tardío interés por la decencia en la ciencia? ¿O acaso también pudiera ser que en las filas opositoras o de los multimedios independientes figuren incómodos autores y beneficiarios de los subsidios de ANPCyT?

    http://argentina.indymedia.org/news/2010/02/719868.php

    En esa selectiva discriminación, Lanata, Carrió y sus colegas, pese a valientes y sobrehumanos esfuerzos, no han podido escapar a la estrategia Cristinista de inmunizar y amnistiar la corte de funcionarios acusados de delitos mucho más tenebrosos que los cometidos por Boudou y por la misma presidenta (si el vicepresidente se atreviera a confesar) ¿Porque Lanata y Carrió, para saldar estos déficits, nunca entrevistaron a filósofos como Aguinis o Abraham, para los cuales el drama argentino actual no arrancó del Proceso, como sostiene el revisionista relato K, sino de los fundamentos filosóficos de la denominada Revolución Argentina (Ongania) y de la Noche de los Bastones Largos (1966)?

    Para Castoriadis, sin que se cuestione la realidad con un ajustado diagnóstico es muy difícil encontrar la cura ¿Porque motivo Lanata, Carrió y sus colegas no cuestionaron la espiral de miedo y silencio instalada en la ciencia y la educación superior a partir de los planes del Banco Mundial? ¿Acaso Lanata y Carrió desconocen el rol que ha tenido la dupla del Banco Mundial-BID y los gobiernos bonapartistas en esa espiral que deterioró la ciencia y la educación superior mucho más intensamente que el default y la deuda externa? Cabe suponer en su descargo que Lanata y Carrió han evitado penetrar en ese perverso laberinto por carecer de un hilo de Ariadna que disperse las tinieblas de la ciencia argentina ¿Es posible meditar entonces si con esa pesada amnesia histórica se pueda derrotar al Kirchnerismo?

    http://argentina.indymedia.org/news/2010/04/729901.php

    Eduardo R. Saguier

    http://www.er-saguier.org

  2. Tratamiento desigual entre el procesamiento a Boudou y el indulto al Ministro Barañao
    Tratamiento desigual entre el procesamiento a Boudou y el indulto al Ministro Barañao

    Una comunidad académica, que está impedida de cuestionar la política científica, asustada en el ejercicio de sus libertades por el abuso de poder de sus autoridades, y amedrentada por la malversación de fondos (U$S 1240 millones de dólares) que estaban destinados a la infraestructura científica (bibliotecas, laboratorios, archivos, etc.) ¿puede por ventura este sistema obsceno superar el atraso científico y producir innovaciones tecnológicas y hallazgos humanísticos y científicos?

    Una educación superior atada a una ciencia contaminada y controlada por un electoralismo endogámico y por las leyes del mercado y los afanes de lucro, impuestas por los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) del Menemismo (Banco Mundial y Banco Interamericano de Desarrollo) ¿con ese anacronismo y calamidad educativa se puede fortalecer la democracia republicana argentina?

    Indultando al Ministro Barañao y perdonando sus responsabilidades en el atraso y la corrupción científica y universitaria ¿no estaría ese indulto en franca desigualdad con los procesamientos judiciales a Boudou y a Jaime? ¿Es posible que mientras a Barañao el Juez Martínez de Georgi y la Sala II de la Cámara Federal (Cattani, Irurzun, Farah) le archivaron con un testigo falso la denuncia que lo incriminaba, a Boudou y a Jaime los Jueces no tuvieron empacho en procesarlos? ¿con esas escandalosas desigualdades procesales se podría consolidar la justicia y la democracia en Argentina?

    Y a pesar de estos viciosos vínculos entre el atraso científico del país, el abuso de poder en materia científica, el predominio de las leyes del mercado y el electoralismo endogámico en la educación superior, la penuria de la evidencia científica acumulada (infraestructura científica) y la extrema debilidad de nuestra democracia republicana; la clase política opositora y el periodismo independiente, ambos coaligados, han omitido investigar la responsabilidad penal de Barañao, una auténtica pieza “tabú” de la corrupción contemporánea, ligada íntimamente a los afanes de dominación intelectual de la dupla Banco Mundial-BID, radicada en el país durante el Menemismo y desde entonces nunca auditada por los representantes del pueblo ni organismo alguno, nacional ni internacional.

    http://www.lapoliticaonline.com/nota/36974/

    Por el contrario, dicha clase política opositora (incluida Lilita Carrió) y el periodismo independiente (incluido Lanata) apuntaron a los eslabones más vulnerables de un engranaje marginal, de índole policial, llamados Boudou y Jaime; y últimamente y en forma tardía al tercero en la sucesión presidencial, el gobernador Zamora. Los otros eslabones delictivos del Olimpo K, en especial aquellos vinculados con la educación y la ciencia (aunque no están en la línea sucesoria presidencial) fueron encubiertos por dicha oposición bajo una sospechosa alfombra de amianto.

    Por ese motivo, se debe concluir que dicha oposición ha sido funcional y le ha hecho seguidismo a la estrategia judicial Cristino-Kirchnerista de desviar las acusaciones hacia un solo integrante de su Parnaso K, quedando el resto de ministros y funcionarios inicuamente inmunes, sin acusaciones, ni procesos, ni castigo judicial alguno. Pero esas autoridades impunes, en la hipótesis que el Kirchnerismo sea electoralmente derrotado ¿quedarán acaso pasivas e inertes? Y si como es lo más probable no fueran investigadas y procesadas ¿no se estaría alentando que en el futuro próximo retornen a sus antiguas andanzas?

    http://www.salta21.com/Abuso-de-poder-y-Default-en-el.html

    Se presume que en menoscabo de la verdad y la justicia, por obra de una variante cuasi-mafiosa del Teorema de Baglini (donde el grado de responsabilidad de las propuestas de un partido o dirigente político es inversamente proporcional a su distancia del poder), el número de operadores y traficantes de influencias en las filas de una oposición complaciente aumentarán en proporción creciente a medida que se aproxime el calendario de las elecciones y del traspaso del mando.

    http://es.wikipedia.org/wiki/Teorema_de_Baglini

    Pero distantes aún de la fecha electoral, en el plano periodístico e intelectual, ya asomaron quienes por razones a investigar (e.g.: “pauta publicitaria”) se han prestado a operar como cosméticos maquilladores del Ministro Barañao (Leuco, Kovadlof, etc.).

    http://www.er-saguier.org/articulos_ampliacion.php?id=28

    También se sospecha que el nuevo gobierno, para encubrir las claudicaciones en curso (en un clima lúdico y festivo de circo romano con gladiadores tornados en divos deportivos), reincidiría en las mismas capitulaciones políticas de la frustrada Alianza (1999-2001). Para mayor desaliento, se presume que en el eventual fracaso de la democracia en ciernes se vuelva a tropezar, como en el mito de Sísifo, con la misma piedra del escándalo, la de un aguantadero académico colmado de comisarios intelectuales canonizados, indultados, y personalmente financiados con los créditos del BID (a través de la denominada Agencia o ANPCYT), que ha venido vaciando y corrompiendo la educación superior y colonizando con sus propios beneficiarios cuanto organismo científico existe.

    http://www.er-saguier.org/articulos_ampliacion.php?id=12

    Eduardo R. Saguier

    http://www.er-saguier.org

    Museo Roca-CONICET

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