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domingo, noviembre 24, 2024

Descuentos en efectivo, una práctica ilegal que seduce a los consumidores

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En un escenario de caída del consumo, incremento de costos e inflación constante, los comerciantes eluden las leyes y premian el pago «cash». Al compás de la creciente incertidumbre económica, las vidrieras han ido mutando. Las populares ofertas por pago con tarjeta y en cuotas fueron desapareciendo y en su lugar, las ofertas por pago al contado ganan terreno en las pizarras de los comercios. Es que en medio de un escenario de caída del consumo e inflación creciente, para los comerciantes, el «cash» vale oro.

Con la inflación en alza y el crédito cada vez más caro, este tipo de «ofertas» se han convertido, en algunos segmentos, en el principal propulsor de ventas, desplazando en el podio a las cada vez menos frecuentes cuotas sin intereses. Esto ocurre, por ejemplo, en el rubro textil donde el tarjeteo y las cuotas solían ser -hace tiempo- prácticas habituales.

Un peso que vale oro

Pero, ¿por qué los comerciantes salen a la cacería del dinero contante y sonante? A diferencia de lo que se puede creer, los consumidores no son los únicos premiados por soltar los pesos. Los dueños de los locales también sacan provecho de la liquidez, ya que el uso de cheques para cancelar compromisos con proveedores tiene su «castigo» y muchas veces acceden a descuentos similares a los que luego trasladan al consumidor final, con cifras que oscilan entre el 10 y el 20 por ciento.

Asimismo, el cobro de las operaciones con tarjeta puede demorar hasta 20 días, una espera difícil de sobrellevar para los comerciantes de menor espalda financiera. Y en un escenario inflacionario, el «delay» es pérdida.

A esto se suman los costos del uso del plástico, como la comisión por operación, el uso del Posnet, algunos gastos administrativos y las retenciones que la AFIP realiza en concepto de Ganancias e IVA. Si bien Ganancias se recupera una vez al año, en diferido, con la inflación actual, en los balances comerciales eso significa una pérdida. Es por eso que algunos comerciantes intentan eludir a los sabuesos del fisco vendiendo en negro, un ardid que sólo puede llevarse adelante en las operaciones en efectivo.

La delgada línea roja

Si bien la ley 25.065 prohíbe explícitamente que a un mismo artículo se le apliquen dos precios según sea el medio de pago, los comerciantes se mueven en un terreno difuso, ya que este tipo de ofertas se presentan como si se tratase de una promociónpara beneficiar al consumidor y no un castigo por pagar con tarjeta.

La legislación porteña contribuye a esta confusión, debido a que establece la obligatoriedad a los proveedores de bienes y servicios de no efectuar diferencias de precios entre las operaciones al contado y las realizadas a través de tarjetas «excepto cuando tal diferenciación -a través de promociones o descuentos específicos- sea efectivamente favorable al consumidor o usuario» (Ley 4.827).

Este genera lo que desde el Centro de Educación al Consumidor definen como «zonas grises». «Si se fija un precio para un producto y cuando el consumidor llega a la línea de caja se le informa que por pagar en efectivo le realizarán un descuento, ¿no sería igual que si se le aplicara un recargo por pagar con tarjeta de crédito? ¿Cómo determina el consumidor/usuario que no está siendo «castigado» por el uso de tarjetas de crédito si al momento de efectuar el pago es informado de un beneficio por realizarlo en efectivo? ¿El comercio no utiliza así una estrategia para no perder clientes al señalar que en vez de castigar al pago con tarjeta beneficia al pago en efectivo?», se preguntan desde la entidad.

Esto explica por qué si bien esta maniobra puede ser denunciada, las denuncias recibidas son escasas. Ante la suba de precios y las dificultades para sostener el consumo, la mayoría elige darle la «bienvenida» a lo que se presenta como oferta, sin importar su naturaleza.

Dónde y cómo

Al detectar la irregularidad, el consumidor puede exigir en el comercio que el descuento se aplique bajo cualquier modalidad de pago, como exige la ley.

Sino encuentra respuesta, en el blog especializado Derecho en Zapatillas apuntaron varios tips sobre cómo proceder: «Primero, se puede dejar constancia en el libro de quejas del local, que es obligatorio (ley 2247). Segundo, se puede enviar una carta documento al comercio contando qué pasó, explicando qué hicieron y cuál es el reclamo. Tercero, si no acceden, se puede iniciar el trámite en Defensa del Consumidor». La denuncia puede radicarse en cualquier Centro de Gestión y Participación (CGP) de la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, puede efectuar la denuncia ante las emisoras de plásticos, que puede desafiliar de la red de tarjetas con las que operan a los comercios que discriminan de acuerdo a las modalidades de pago.

– Arg Noticias

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