El decreto fue publicado en el Boletín Oficial hoy y entra en vigencia desde ahora. Qué dice la circular del BCRA.
El presidente Mauricio Macri firmó un decreto que impone límites a la compra de dólares para empresas y personas físicas. Esa medida, a la que en el imaginario colectivo se conoce como cepo, implica:
– 1-Las personas físicas no podrán comprar más de diez mil dólares por mes. El límite es a la compra, no a la extracción.
– 2-Las personas no podrán hacer transferencias de más de diez mil dólares a cuentas en el exterior.
Para las empresas o personas jurídicas:
– 3-Los exportadores tienen que liquidar las divisas que consigan por sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque 15 días para las commodities.
– 4-El Gobierno informó que no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
– 5- Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
Y por último, los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas. Antes de la apertura de los mercados, mañana por la mañana, habrá anuncios del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza y del titular del Banco Central, Guido Sandleris. A continuación, la circular del BCRA que explica en detalle cómo piensan instrumentar el DNU.
– Perfil