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viernes, mayo 3, 2024

El Procurador General profundiza sobre el incumplimiento urbanístico-ambiental

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Esta semana la Municipalidad de la Ciudad de Salta elevó su respuesta al requerimiento de la Procuración General, sobre el listado de obras y/o edificios que resultaron habilitadas, mediante el que denominan “sistema de transición legislativa” (Comisión Asesora Técnica y Comisión Asesora de Situaciones Atípicas), y mediante el dictado de ordenanzas de excepción desde el año 2001 en adelante.

La contestación identificó alrededor de 40 proyectos que han sido realizados, bajo la dispensa de algunos de los requisitos exigidos por las normas urbanísticas. Por otra parte, en el informe se omitió toda referencia a si dichas obras contaban o no con el certificado ambiental municipal ó provincial, lo que sería determinante para verificar si estas actividades tuvieron una evaluación social y ambiental preventiva que asegure su sustentabilidad, para poder permitirlas.

Ante esta situación, el Dr. Pablo López Viñals, solicitó al Municipio una aclaración respecto de dicha omisión, y también le requirió que amplíe la información, indicando ahora, toda construcción de obras y modificaciones o ampliaciones de edificios urbanos, destinados a infraestructura de viviendas y comercio, que por el Decreto reglamentario de la ley ambiental provincial o por la Ordenanza de impacto ambiental y social municipal, debían contar con la evaluación previa.

Además, solicitó se indique todo lo relacionado al funcionamiento del CONSEJO MUNICIPAL DEL MEDIO AMBIENTE, encargado de intervenir en dichas evaluaciones ambientales, y que debería estar integrado por representantes del Concejo Deliberante, del Ministerio de Ambiente provincial, de la Universidad Católica, de la U.N.Sa., de un Colegio Profesional y de una O.N.G. ambientalista del medio.

Conforme lo expuesto, la Procuración General de la provincia, ahondó en obtener la información ambiental relativa a la totalidad de las edificaciones en la Ciudad de Salta, lo que resulta de fundamental importancia para poder conocer el impacto acumulado, real y global en el medio ambiente urbano, y poder proteger de una manera correcta los derechos colectivos relativos a la calidad de vida de los salteños y salteñas.

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