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sábado, enero 4, 2025

En los últimos 10 años el Intendente Isa omitió reglamentar alrededor de 60 Ordenanzas

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Sólo reglamentó 5 ordenanzas.

En los últimos diez años, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta sancionó 462 Ordenanzas Generales. De ellas 65 Ordenanzas requieren ser reglamentadas por el Ejecutivo Municipal para tener plena vigencia. Tales ordenanzas, que regulan aspectos importantes de la vida de la ciudad, establecen un plazo para que el Ejecutivo Municipal las reglamente. Pese a ello el Ejecutivo Municipal sólo reglamentó 5 ordenanzas omitiendo a la fecha reglamentar las sesenta restantes.

El Deber de Reglamentar. Consecuencias Negativas de la Falta de Reglamentación

El proceso de formación y sanción de las leyes es un acto complejo en el que interviene el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo quién tiene la facultad de vetar total o parcialmente una norma, promulgarla y publicarla.

El art. 35 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Salta, establece que es deber del Departamento Ejecutivo reglamentar las ordenanzas en los casos que correspondiera.

La omisión de reglamentar las ordenazas promulgadas supone un «veto de hecho», lo que contaría principios básicos de nuestro derecho constitucional además de configurar el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Pero más allá de estas consideraciones, la omisión de reglamentar las ordenanzas acarrea consecuencias negativas para la ciudadanía, ya que ésta se ve privada de los derechos que las ordenanzas regulan, como así también de los beneficios que las mismas procuran.

Desde el año 2003 a la fecha, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta ha sancionado importantes ordenanzas sobre distintas materias. Sobre un total de 462 Ordenanzas dictadas, 65 de ellas requieren reglamentación total o parcial. De estas 65 ordenanzas que necesitan intervención del Ejecutivo Municipal para adquirir plena operatividad, sólo cinco han sido reglamentadas, una de ellas (la Ordenanza de la Transparencia) fue reglamentada luego de que intimaramos al Intendente Isa a hacerlo.

Existen, por lo tanto un número importante de ordenanzas que por falta de reglamentación no tienen vigencia o bien no son plenamente operativas. Muchas de ellas, por la materia que regulan, seguramente contribuirían si estuviesen plenamente vigentes a mejorar nuestra calidad de vida.

Entre las normas sin reglamentar se encuentra por ejemplo la Ordenanza “NO LLAME” (Ordenanza Nº 14.068) que fue promulgada el 21 de enero de 2011 y que tiene por objeto la protección y resguardo de los usuarios de servicios de telefonía respecto de las llamadas y mensajes de texto realizados por empresas de tele marketing con el fin de promocionar, publicitar, ofrecer, vender y/o regalar bienes y/o servicios.

El Departamento Ejecutivo Municipal debió reglamentar esta Ordenanza en el plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación. Tampoco se han reglamentado la Ordenanza que crea el Programa Municipal de Recuperación de Espacios para el Deporte y la Recreación a pesar de que la misma fue sancionada el 20 de julio de 2010, la Ordenanza que regula las Guarderías Públicas para niños, la que crea el Programa Uso Social de Baldíos, la que crea la Patrulla Ambiental, la que regula la obligación de las remiseras de contar con vehiculos adaptados para discpacitados, la que regula la obligación de los supermercados de contar con bolsas biodegradables, la que regula la actividad del cerrajero, de paseadores de perros, la que regula la tenencia de perros peligrosos, la que crea el Registro de Verificadores de Ascensores, la que regula la actividad de los gimnasios, de los cyber, el presupuesto participativo y los foros barriales etc.

El Ejecutivo Municipal a lo largo de los años al no reglamentar las ordenanzas las ha privado de vigencia, es decir, en los hechos, lisa y llanamente las ha «vetado» a pesar de no tener facultades para hacerlo dado que se trata de ordenanzas promulgadas. A este ejercicio abusivo del «veto de hecho» se suma la desidia del Concejo Deliberante, cuya función que le compete no sólo consiste en sancionar ordenanzas, sino también, en velar por su cumplimiento.

– Fuente: www.saltatransparente.com

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