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domingo, septiembre 29, 2024

Juez deniega Acción de Amparo contra la Corte de Justicia a un Martillero matriculado

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¿No sólo deniega derechos constitucionales, sino también los hace denegar a través de jueces inferiores, incluído acciones de amparo? Choqui, como ya había reservado en su presentación el caso Federal, planteará la cuestión en el Juzgado Federal de Salta.

Este medio publicó con anterioridad, el presunto conflicto entre los Martilleros salteños y la Corte de Justicia, la que al parecer, habríase arrogado de facto -ya no hay ley provincial que le dé sustento a su
intervención, por la derogación de la ley 3272/58 por la actual 7629/10- la facultad de determinar cuántos martilleros públicos podrían ejercer su actividad, en el fuero judicial, mediante una Lista confecciona da por la Corte y sin derecho a defensa ni impugnación por parte de los afectados.

Así fue que el Martillero Daniel CHoqui, matriculado en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Pcia. de Salta, cuya nómina ya fuera informada al organismo judicial con anterioridad, le fue denegada su intervención profesional en el Juzgado de la Sec. de Proc. Ejec. Nº 2, a cargo del Juez Ricardo Issa, con el único argumento de una Circular de la Corte, la que señala que rematador que no se halle en la Lista antes referenciada, no puede actuar en el Expte. O sea, está inhabilitado de hecho, pese a ser un profesional matriculado con las garantías legales y constitucionales que ello implica.

Daniel Choqui en su condición de Martillero, presentó hace unos 10 días en el mismo juzgado del Juez Issa, una Acción de Amparo, solicitando una Medida cautelar de No Innovar, según Expte. 344119/11, acompañando las pruebas que hacen a su derecho, y demostrando prima facie que su derecho constitucional al trabajo, como a ejercer profesión lícita, fuera vulnerado por un decisorio del juez mencionado, a través de una simple Circular de la Corte de Justicia de Salta, a los Jueces inferiores bajo su jurisdicción, nada más que para impedir ilegalmente la actividad profesional de martilleros matriculados,conforme a las leyes y la Constitución.

No hay otra manera de interpretar la decisión del Juez Issa, cuando rechaza la Acción de Amparo y la Medida cautelar requerida el día 30 de marzo de 2011, sin siquiera haber permitido que el amparista tuviera acceso al Expte. 344419, y mucho menos poder oficiar a la Corte de Jusiticia para que tome conocimiento de la vía judicial empleada en resguardo de sus derechos. Lo curioso, además, es
que el expediente precitado, estaba ordenado para que se notifique a la Corte vía Oficio, de la decisión primera del Juez Issa, el que en los hechos no se materializó.

– Notas relacionadas:

Algo está ocurriendo en la Corte de Justicia de Salta y los martilleros

http://www.salta21.com/Algo-esta-ocurriendo-en-la-Corte.html

Carta al Presidente de la Corte de Justicia de Salta

http://www.salta21.com/Carta-al-Presidente-de-la-Corte-de.html

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