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miércoles, mayo 14, 2025

La Corte Suprema de Justicia condenó al Canal Volver

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“Se suele decir, más como una expresión popular al paso que como una máxima comprobable, que la “Justicia tarda, pero llega”.

En esta ocasión, diversos actores y herederos de grandes intérpretes de la escena local pueden corroborar la efectividad de dicha expresión, ya que la Corte Suprema de Justicia dictaminó que el Canal Volver deberá pagarle derechos de propiedad intelectual a un grupo de artistas por la reemisión de antiguas películas y programas de TV.”

“La confirmación de parte del Máximo Tribunal de los fallos de primera instancia les permite a los actores y herederos culminar a su favor una compleja contienda judicial que llevaban adelante contra el canal de cable perteneciente al Grupo Clarín. La demanda exigía un reembolso monetario por la difusión comercial de numerosas obras audiovisuales en las que participaban los actores, algunas de las cuales ni siquiera tenían autorización de los demandantes para reemitirlas. Desde la señal de cable se negaban a liquidarles dinero a los actores bajo el argumento de que tenían la autorización del productor de esas obras.”(Emanuel Respighi, página 12 14/12/2011)

Si había algo emblemático como sensación de injusticia para los actores, era la imposibilidad del cobro del derecho de propiedad intelectual con respecto al canal “Volver”.

El fallo de la Suprema Corte de Justicia reconociendo esos derechos viene a corregir esa situación.

La noticia nos provoca alegría y tristeza a la vez.

Cinco años duró la pelea, cinco años que para muchos compañeros actores de mucha trayectoria en la profesión fue mucho y no pudieron esperar.

Ellos no podrán disfrutar, no ya de la justa remuneración por sus creaciones, sino fundamentalmente de ese sentimiento de recuperación de la dignidad que significa el reconocimiento a su trabajo y a su talento.

Informe del departamento legal

Celebramos la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia publicada el 14 de diciembre en el juicio que han entablado varios compañeros actores contra Arte Radiotelevisivo Argentino (integrante del Grupo Clarín), titular del Canal Volver, por el cobro de derechos de propiedad intelectual. La demanda- como otras que se han presentado posteriormente – exigen un reclamo monetario por la difusión comercial de numerosas obras audiovisuales en las que participaban los actores, que emite el Canal referido desde su creación sin abonar absolutamente nada, apropiándose del trabajo de los actores/interpretes , de su imagen y prestigio. El Grupo Clarín se ha negado sistemáticamente a reconocer nuestros derechos antes y después de la sanción de la sanción del decreto 1914/06 dictada en el gobierno y por impulso del Presidente Nestor Kirchner que reglamentó la ley de propiedad intelectual que reconoce a los actores intérpretes el “derecho a percibir una retribución por la comunicación pública de sus interpretaciones”

Este Grupo monopólico, ha puesto trabas, interpuesto recursos judiciales dilatorios para eludir el pago de sus obligaciones. En los juicios en trámite ha incurrido en contradicciones invocando la validez del decreto en cuestión, cuando contemporáneamente impugnaba la legalidad del mismo en sus conflictos con SAGAI, nuestra entidad que defiende nuestro derecho de propiedad intelectual.

En esos mismos pleitos judiciales, la empresa desconoce la actuación de los actores, en las distintas obras; niega la emisión de los programas y en la etapa probatoria se niega a exhibir y presentar la programación del Canal Volver, alegando que no está obligada a tener esa documentación.

Estas maniobras y ocultamiento de la verdad , es acompañada por la empresa Cablevisión S.A.( también integrante del Grupo Clarín) que desobedece las órdenes judiciales de acompañar las revistas, en la que consta la programación del Canal Volver, que ha lucrado y se ha beneficiado desde el inicio de su programación con el esfuerzo y trabajo de los actores.

Destacamos la Sentencia que fue firmada por los magistrados Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda,, que confirma la Sentencia de septiembre de 2009, la sala H de la Cámara Civil, que a su vez había confirmado un fallo de primera instancia a favor del reclamo de los actores “por la fijación y cobro de retribución por la difusión de sus interpretaciones en las obras reemitidas por el Canal Volver”.

La Corte Suprema de Justicia ha reparado esta inequidad , reproducimos una parte importante del fallo que expresa : “Es un hecho público y notorio –reafirman los jueces, al menos en muchas generaciones de nuestro país, la calidad de las interpretaciones que efectuaron los actores que, como se dice en la demanda, han tenido una importante y vasta trayectoria a lo que se suma la trascendencia de la reproducción de los programas que realiza Volver donde el papel que tuvieron ha sido decisivo para la conformación de las obras que allí pueden observarse. En efecto, no son reproducciones donde los demandantes tuvieran una relativa importancia, sino que muchos de ellos han hecho de esas obras verdaderos hitos en la televisión y cinematografía argentinas.”

La Asociación Argentina de Actores, ha reclamado en los últimos años esta reparación, ha impulsado la sanción del decreto 1941/06 y ha estado desde el principio en la conformación de SAGAI; queda mucho para hacer: que las empresas y el Estado reconozcan todos los derechos laborales y previsionales de los actores y actrices.

Esta Sentencia es un aliciente para seguir en la pelea por la Ley del Actor y por más y mejores derechos.

– Consejo Integral

ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES

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