La conducción de la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos entregó a las comisiones de Análisis y Seguimiento de Normas Tributarias y Previsionales y de Legislación del Trabajo de Diputados un anteproyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría.
La conducción de la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) entregó a las comisiones de Análisis y Seguimiento de Normas Tributarias y Previsionales y de Legislación del Trabajo de Diputados un anteproyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría.
El secretario general del sindicato, Guillermo Imbrogno, llevó el proyecto a la Cámara baja con el propósito de «lograr una reforma integral del sistema tributario para que no se castigue a los trabajadores y a los jubilados».
Imbrogno insistió ante los legisladores en la necesidad de avanzar en una reforma profunda del sistema impositivo argentino porque sostuvo que hasta ahora «solo hubo parches en lugar de soluciones», y destacó «la importancia de modificar cuanto antes el mínimo no imponible y las escalas de la cuarta categoría de Ganancias» con el fin de que «la presión tributaria deje de caer sobre las espaldas de los trabajadores y vayamos hacia una matriz tributaria progresiva».
El proyecto propone la actualización de los valores para el pago del impuesto por el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), al cual califica de «objetivo y oficial». El texto contempla declarar exentos a los ingresos percibidos por jubilaciones y pensiones; el aguinaldo, las horas que excedan la jornada legal, las horas nocturnas y las sumas percibidas por feriados obligatorios y días laborables trabajados así como los suplementos por productividad, eficiencia, zona o desarraigo.
También incorpora como deducciones los alquileres pagados; gastos vinculados con la educación del trabajador y de los integrantes de su grupo familiar; aportes a Cajas Complementarias; la donación de sangre; honorarios médicos; intereses de créditos hipotecarios sin tope cuando sea para primera vivienda; el capital e intereses cuando la deuda provenga de la adquisición de bienes raíces adquiridos mediante fideicomisos.
Otras deducciones previstas en la propuesta comprenden los gastos en vestimenta del trabajador; las guarderías de pre-escolaridad; gastos realizados en instituciones geriátricas para los padres del aportante o de su cónyuge y, duplicada, cuando sea por hijo con discapacidad.
– iProfesional