El gobierno de Jaque parece estar “reconociendo” vía Boletín Oficial toda decisión “antipática” para el pueblo mendocino, cuya publicación venga demorada, para no dejarle esa sucia tarea al futuro gobierno de Paco Pérez.
El 23 de noviembre pudimos leer allí que el Consejo de Minería decidió en julio, y la Escribanía de Minas ratificó en octubre, otorgar una “manifestación de descubrimiento de cobre y oro” a la canadiense Teck, sin considerar que las 1.790 ha concesionadas se encuentran íntegramente dentro de la Reserva Hídrica y Paisajística Laguna del Diamante. Según las coordenadas indicadas en el edicto oficial, el punto 3 de la concesión se encuentra a escasos 10 km de la laguna, y el punto 4 a 6 km del cráter del volcán Maipo (ver imagen ampliada de portada).
Es cierto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación suspendió, con una medida cautelar, las leyes 6.200 y 7.422 de creación y ampliación de la reserva, en el marco de un juicio del Ejército Argentino contra
el Gobierno de Mendoza, tendiente a anular dichas leyes. Pero ¿por qué se llegó a tal situación, siendo que por otro lado Gobierno y Ejército firmaron un plan para el manejo conjunto del Parque Provincial
Tupungato? La Corte aún no ha emitido fallo definitivo sobre la causa, pero el gobierno de Jaque parece darla por perdida. De no ser así, habría aplicado elprocedimiento seguido hasta hace pocos años: antes
de otorgar una “manifestación de descubrimiento” minera, la Dirección de Recursos Naturales Renovables debía emitir un informe. Si el área solicitada se superponía con un área natural protegida donde las actividades extractivas estuviesen prohibidas, no se otorgaba la concesión minera. Ahora, en cambio, ya otorgado el derecho minero, el subsecretario Vázquez afirmó que “están analizando” junto con la
DRNR si hay tal superposición.
Como si esto fuera poco, por las propias declaraciones de Vázquez nos enteramos de que el Boletín Oficial del 24 de noviembre informa sobre otra manifestación de descubrimiento de cobre y plata,
otorgada a “Geoandina SRL” por el Consejo de Minería también en julio, sobre un área de 1.652 ha. Localizando las coordenadas allí indicadas, resulta que incluye… la villa Las Cuevas, la casilla de peaje del túnel internacional, y la mayor parte de la ladera sur del cerro Tolosa, con su glaciar del Hombre Cojo. Todo ello, en la cuenca del río
Cuevas, afluente del Mendoza. Esa concesión se denomina… «Soberanía Norte”.
Es verdad que el Consejo de Minería “está aplicando el Código de Minería de la Nación”, y que el otorgamiento de esos derechos mineros no implica “necesariamente” que se vayan a convertir en minas. Y que dicho Código no permite trabajos mineros a menos de 40 metros de las casas ni 5 m de los demás edificios, sin consentimiento de los propietarios, ni, en principio, a menos de 50 m de las carreteras. Pero…(múltiples objeciones de diverso tipo, que dejo a criterio de los lectores).
– Marcelo Giraud – Geógrafo y docente universitario
Edicto
Tema GEOANDINA – SOBERANIA NORTE
Tipo IRRIGACION Y MINAS
Expte. Nro. 3335/G/2008 – caratulado: «GEOANDINA S.R.L. – M/DESCUBRIMIENTO DE COBRE Y PLATA – DENOMINADO «SOBERANIA NORTE» – DEPARTAMENTO LAS HERAS».
A fs. 04, obra presentación de fecha, Mendoza, 30 de Setiembre
de 2008, ante el Escribano de Minas por la cual se solicita manifestación de descubrimiento de un yacimiento de mineral diseminado de cobre y plata.
A fojas 09, el presente pedido se ubica en Lámina 3369-13, Distrito Minero Nro. 21/27, Departamento Luján/Las Heras. Temporada de Trabajo: Todo el Año. No se encuentra comprendida en Áreas de
Reserva. Coordenadas Registradas: Punto 1: X = 6.372.976 – Y=2.401.390; Punto 2: X = 6.372.976 – Y= 2.404.500; Punto 3: X = 6.367.500 – Y = 2.404.500; Punto 4: X = 6.367.500 Y = 2.403.800; Punto 5: X = 6.368.600 – Y = 2.403.800; Punto 6: X = 6.368.600
– Y = 2.399.800; Punto 7: X = 6.369.950 – Y = 2.399.800; Punto 8: X = 6.369.950 – Y = 2.401.390; P.D./L.L.: X = 6.368.796 Y = 2.400.156; A.R.E.: 1.652.58 ha.. A fs. 44/46, por Resolución Nro. 093, de fecha: Mendoza, 22 de Julio de 2011, el H. Consejo de Minería; Resuelve:
Artículo 1º: Regístrese por Escribanía de Minas en el Registro de Manifestaciones y Denuncios, a nombre de Geoandina S.R.L.., con alcance de concesión provisoria, el yacimiento de mineral diseminado de cobre y plata, denominado “Soberanía Norte”, ubicado en el
Distrito Minero Nro. 27, Departamento Luján/Las Heras de esta Provincia, conforme lo prescrito por los arts. 51º, 52º y 53º del Código de Minería y art. 62º del Código de Procedimientos Minero.
Artículo 2º: Publíquense Edictos en legal forma en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres (3) veces en el término de quince (15) días (art. 53º Código de Minería y art. 62º Código de Procedimientos Minero) y notifíquese al propietario superficiario. Fdo. Dra. Verónica H. Fernández Pereyra, Lic. Estela M. Zanoni, Sr. Juan Carlos Pérez Gallardo, Ing. Ignacio M. Berra (Consejeros), Lic. Adriana Blesa (Directora/ Presidente H. Consejo de Minería), Dirección de Minería, Gobierno de Mendoza. A fs. 32/33, Dirección Provincial de Catastro informa, como titular superficiario a: Gobierno de la Provincia de Mendoza, de domicilio fiscal en calle Boulogne Sur Mer 3050,
Capital, Mendoza. Bto. 7342 24/29/11 y 1/12/2011 (3 Pub.) $103,50.
– La Voz de la Tierra (pág. 3)