La falta de especialistas en Medicina Legal o Forense hace que los informes sean emitidos de cualquier forma, al azar, parciales, de poca confianza, contradictorios y por quienes no están preparados para ello, incompetentes: peritos de nombre, pero sin pericia. Mientras los señores magistrados se arreglan como pueden.
Hoy, en casi todas las Facultades de Medicina, se dictan cursos de post grado de Medicina Legal de donde egresan especialistas con vocación y formación adecuada para ejercer la función. Es cuestión de llamar a concurso a nivel nacional (si no hay aspirantes locales), con buena remuneración (como en la mayoría de las provincias), acorde a la compleja función e importancia que contienen los conocimientos específicos médico-biológicos para resolver e informar los problemas que plantea la ciencia jurídica.
Tampoco confundir aquello con los cursos teóricos dictados en universidades privadas sin facultades o escuelas de medicina que llegan hasta otorgar un certificado con título de médico legista y con los egresados de éstas que -graciosa y descaradamente exhiben su condición de especialista- no se los ve en cursos, jornadas, seminarios, congresos, etc., sean nacionales o internacionales, para, por lo menos, estar actualizados en la especialidad que está en continuo avance de desarrollo.
También es un concepto equivocado de nuestros Tribunales, incluir en la lista de peritos a especialistas de alguna rama de la medicina (llámese traumatólogo, pediatra, ginecólogo o psiquiatra), que por más notable o profundo sean sus conocimientos, no tienen el hábito pericial que los capacite para actuar y responder con eficiencia ante los estrados de la magistratura judicial por desconocimiento del Derecho y de la Jurisprudencia, llevándolo incluso a formular afirmaciones que exceden el límite impuesto por la doctrina jurídica o a no mencionar los hechos negativos que en Medicina Legal tienen tanta importancia como los positivos, por lo que todo el saber médico difícilmente es aprovechado por el magistrado. Por ello –y mucho más- es necesario, en esos casos contar además con el título de Médico Legista.
(Es oportuno aclarar, para no cometer el delito de usurpación de título previstos en los arts. 246 y 247 del Código Penal, que si no posee el Título de Médico Legista llamarse Médico Legal de Policía y/o Médico Forense de Tribunales, sino simplemente Médico de Policía o Médico de Tribunales o del P. Judicial).
Siendo el asesoramiento médico-legal ante los Tribunales cada vez más frecuente y necesario por cuestiones importantes y más complejas sobre las que hay que dar respuestas científicas, lamentablemente debemos agregar otras falencias, como falta de equipamiento necesario para la especialidad, ya que se realizan obras no prioritarias de mucha menor importancia, se debe y se puede encarar estas necesidades que sí son prioritarias, imprescindibles e importantes en los momentos actuales de los avances técnico-científicos.
En nuestra provincia estas cuestiones permanecen en el descuido, dejadas a la buena suerte, ya sea por desidia, inoperancia o ignorancia de las autoridades competentes, habiendo tenido la posibilidad de aplicarlas cuando el que escribe esta nota estando a cargo del Servicio Médico Forense del Poder Judicial de Salta habiendo impulsado el desarrollo de la especialidad y asesorado y propuesto la creación de una Morgue Judicial con su debido equipamiento, no obtuvo respuesta favorable de la Corte de Justicia (periodo 1980-1991), uno de los motivos de su alejamiento del Servicio.
No es razonable seguir ignorando la importancia de la Medicina Legal como rama auxiliar de la Ciencia Jurídica, ya que la carrera de post grado de Medicina Legal (de Universidades con carreras de Medicina), capacita y faculta a los egresados con el título de Médico Legista peritar en relación a todo lo biológico del ser humano. Ha llegado el momento de plantear también la necesidad de la especialización para aspirar a cubrir cargos judiciales, policiales u otros que requieran el concurso del especialista en medicina forense, porque a nadie se le ocurre hoy en nuestra vida diaria recurrir a un psiquiatra por una afección ocular, o a un traumatólogo o un urólogo (por mencionar alguna otra especialidad), ya que sería un desatino sino recurrimos a un oculista. Así también en cuestiones judiciales, es oportuno y atinado recurrir al especialista, es decir al Médico Legista o Forense.
– El autor de la nota es Médico Legista (Título Universitario de Post Grado)
Miembro Titular de la A.M.F.R.A. (Asociación de Médicos Forenses de la R. Argentina).
Premio “E. Wilde” 1995 de la Fac. de Med. de la UBA.
Ex-Jefe del Servicio Médico del P. Judicial de Salta