Empresarios de TV cerraron las puertas a actores para impedirles que se rijan por el Convenio Colectivo de Trabajo que establece una jornada de 8:45 hs. La Asociación Argentina de Actores denuncia lock-out patronal.
Los empresarios de TV rechazan condiciones dignas de trabajo y reducción de la jornada laboral de 11 hs. Los artistas amparados por la Asociación Argentina de Actores, exigen el cumplimiento del nuevo Convenio (por entender que el anterior está caduco y sostiene salarios viejos). Este Convenio fija nuevo horario y mejores y más justos salarios. el lema de esta lucha podría ser: no a la explotación laboral de los empresarios de TV. Estos llenan sus bolsillos cada día más.
El consejo integral de la Asociación Argentina de Actores manifiesta:
«De acuerdo a lo resuelto por la Asamblea de la Rama TV realizada el 22 de noviembre, donde se rechazó la propuesta de ATA y CAPIT, se continuará con el Trabajo a Convenio, sosteniendo la postura de la jornada de trabajo de 8:45.
Cabe destacar que este martes, en el marco del Trabajo a Convenio, los productores citaron a todos los elencos para informarles entre otras cosas, que de continuar el reclamo de la AAA se pararía la ficción en TV.
Queremos manifestar nuestro total rechazo a esta amenaza, repetida cada vez que los actores peleamos por nuestros salarios y condiciones dignas de trabajo.
Por su parte los empresarios del sector serán denunciados ante el Ministerio de Trabajo por esta Asociación por lock-out patronal, ya que ante la presencia de los actores en los lugares de trabajo, las productoras cerraron sus puertas, impidiendo de ese modo que se trabajara en el día de hoy – 23 de noviembre-bajo el Convenio Colectivo de Trabajo, única norma vigente para el trabajo en TV. Los empresarios han decidido una medida de presión ilegal, que no tiene sustento jurídico, incurriendo en prácticas desleales antes de recibir la contrapropuesta decidida por los actores en asamblea».
Ante estos hechos, el Ministerio de Trabajo citó a una audiencia para ayer a las 14:30. Allí la Asociación Argentina de Actores exigió que se tomen las medidas pertinentes en cuanto al lock-out empresarial y que se reabra la negociación de buena fe y sin amenazas a los actores.
La denuncia
Denuncia presentada por el departamento legal de Actores ante el lock-out patronal.
Sr. Ministro de Trabajo
Dr. Carlos Tomada
Sra. Secretaria de Trabajo
Dra. Noemí Rial
Sr. Director Nacional de Negociación Colectiva
Dr. Jorge Shuster
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007
León Darío Piasek en mi carácter de apoderado de la Asociación Argentina de Actores (AAA) ya presentados en el Expediente de referencia, dice :
Que en representación de la AAA viene a en tiempo y forma a denunciar el lock-out de las empresas y productoras que integran las Cámaras Empresarias de la actividad en el día de la fecha.
I. En nuestra anterior presentación denunciamos ante esta autoridad que la parte empresaria ATA-CAPIT se rehusaba a negociar de buena fe en esta convocatoria realizada por el Sr.Ministro de Trabajo para renovar el C.C.T. Nro.322/75, única norma convencional ultractiva y vigente para regular las condiciones de trabajo de los actores.
II. En diferentes presentaciones ante este Ministerio sostuivimos que es inadmisible pretende la ultractividad de las claúsulas Acta Acuerdo AAA ATA CAPIT de fecha 05/09/05 , que fue un Acuerdo Provisorio; como surge de su propio texto. Pese a la claridad del plazo de vigencia del Acuerdo de marras (Punto III) y de los Alcances del Acuerdo Provisorio y Normas Programáticas (como se menciona textualmente como título del Punto I de este Acuerdo), las Cámaras Empresarias, insisten en la pretensión de darles el carácter de “ultractivas” a normas que han perdido vigencia.
El Punto II del Acuerdo dice también en forma clara :” CONTENIDO DEL ACUERDO PROVISORIO” .”…El presente acuerdo tiene un alcance provisorio. Las partes establecen que tiene un plazo de vigencia desde su ratificación y por el tiempo establecido en el ítem 1.5. del presente instrumento, o hasta que se lo reemplace.
Insistimos ahora que las dos condiciones resolutorias previstas en el ítem 1.5. se han cumplido sobradamente; por lo que carece de fundamento el planteo empresario.
Se ha vencido en exceso el plazo de vigencia pactado y tiene estado parlamentario la Ley del Actor.
Pese a ello la parte empresaria pretende convencer al Ministerio que se debe mantener condiciones de trabajo que han caducado porque se han reestablecido las claúsulas del CCT Nro.322/75.
Esta es la postura empresaria que más incide en la obstaculización de la negociación, que dilata la solución del conflicto y que ahora los empresarios irresponsablemente llevan a una situación de gravedad inédita al promover y concretar su amenaza de lock-out que han iniciado, lo que vulnera la normativa vigente y es un modo de presión ilegal que perjudica a cientos de trabajadores, no solo a los representados por mi parte.
Recordamos una vez más que, esta parte denuncia la vigencia del Acuerdo Provisorio formalmente en fecha 03 de Agosto de 2006, mediante escrito en el que se peticiona la reapertura de las negociaciones y que esta autoridad avala esta posición ajustada a derecho , lo que se plasma en un Informe en el que se toma nota entre otras consideraciones a las que nos remitimos que la AAA “Considera vencida en todos sus términos el Acta Acuerdo que suscribiera ante esta autoridad en septiembre de 2005 y que fuera prorrogada voluntariamente por las partes hasta marzo de 2006”.
En esta oportunidad este Ministerio recoge la pretensión de esta parte de renegociar en el marco del CCT Nro.322/75, algunas de cuyas cláusulas ultractivas la AAA pretende modificar, en especial lo concerniente a jornada de trabajo y salarios.
Finalmente el Ministerio en fecha 3 de mayo de 2007 en dictámen compartido por la Subdirectora Nacional de Relaciones de Trabajo Dra. Silvia Squiere de Puig Moreno convoca a las partes a fijar posición, sin perjuicio de enmarcar la discusión de la renovación del Convenio Colectivo de Trabajo Nro.322/75.
IV. En este marco legal debemos proseguir las negociaciones. Los trabajadores-actores, actrices han resuelto hacer cumplir en forma estricta la jornada de labor prevista en el CCT Nro.322/75, lo que fue decidido en la Asamblea de fecha 22 de octubre de 2007, hartos de ser obligados a cumplir jornadas diarias de más de 11 (once) horas de labor, con salarios congelados y sin descansos suficientes entre jornada y jornada.
No se ha iniciado una medida de fuerza , por el contrario se ha actúado de acuerdo a la normativa vigente y se ha proseguido con la intención de negociar .
La parte empresaria en forma dilatoria nos acerca una propuesta recién el día jueves 22/11 por la mañana, en el que se agregan propuestas que jamás fueron tratadas por las partes, se intenta introducir dos modalidades de contratos “mínimos”, entre otras propuestas que las Cámaras sabían que no se podían aceptar .
En esa misma propuesta se pretende sostener otra vez, la vigencia de las normas caducas del Acta Acuerdo de setiembre de 2005, lo que ha provocado la justa indignación de la entidad sindical y de los actores reunidos en Asamblea.
La contraparte intentó amedrentar con la amenaza de acciones económicas contra los actores que cumplieran la jornada convencional y con este lock-out , para que se aceptara su propuesta.
Los trabajadores en una Asamblea multitudinaria a la que concurrieron la mayor parte de los integrantes de los trabajadores que integran los elencos de la ficción actual en pantalla y otros tantos actores que prestan su fuerza de trabajo en la televisión, rechazaron la propuesta patronal, votando la Asamblea una nueva propuesta que se iba a transmitir hoy a los empresarios.
Ante nuestra sorpresa y pese a que las productoras venían trabajando normalmente dentro de la jornada convencional, en el día de la fecha cerraron sus puertas, avisaron a parte de los dependientes en horas de la noche que no iban a trabajar y en forma concertada incurren en el paro patronal ilegal que se denuncia.
V.-Solicitamos que se constaten las violaciones a los contratos de trabajo con los actores, aplicando las sanciones por las infracciones a las leyes laborales y al CCT Nro. 322/75 porque las empresas niegan ocupación efectiva violando el art.78 de la Ley de Contrato de Trabajo, violan el derecho a trabajar que es un derecho humano amparado por nuestra Constitución, por las disposiciones de la O.I.T. y por las Convenciones y Tratados de Derechos Humanos.
Los empresarios han decidido una medida de presión ilegal, que no tiene sustento jurídico, incurren en prácticas desleales antes de recibir la contrapropuesta decidida por los trabajadores, que ellos han permitido concurrir a la Asamblea en horario de trabajo a los fines que decidan y resuelvan el contenido de sus reclamos .
Estamos en presencia de una ilicitud que debe ser corregida y sancionada, ya que la parte empresaria no solo realiza ofertas de solución al conflicto, que provoca irritación y agranda las diferencias, sino que desatiende las sugerencias de este Ministerio respecto de los ejes de discusión en esta etapa.
No es arbitrario el reclamo de reajuste salarial para los que menos ganan en esta actividad ni tampoco exagerado ni disparatado que los actores quieran trabajar como máximo 8:45 hs. diarias y menos ante empresas que es de público y notorio han incrementado su tasa de ganancia.
Es ilegal el lock-out y por ello es imprescindible que el Estado actúe con todos los recursos que tiene para impedir que persista esta situación que pone en riesgo la fuente de trabajo e ingresos de cientos de trabajadores y sus familias.
Se solicita que se notifique al COMFER la interrupción unilateral por parte de los canales y productoras de la programación habitual, a los efectos que analice las violaciones a la ley de radiodifusión y decreto reglamentario.
– Nota de la redacción: la Asociación Argentina de Actores funciona en Salta en Rivadavoa 937.