La Cámara Federal decidió este viernes la liberación de exdueños del Grupo Indalo, investigados por defraudación al Estado por la evasión de $8.000 a través de Oil Combustibles. La decisión estuvo basada en una modificación en la causa que desde el ente recaudador calificaron como «subrepticia».
La AFIP apelará ante la Cámara de Casación Penal para que la causa Oil Combustibles, propiedad del Grupo Indalo, se mantenga en la Justicia Federal, de modo de evitar que los empresarios excarcelados, Cristóbal López y Fabián de Sousa, se vean beneficiados con una disminución de sus deudas con el fisco.
El motivo que terminó favoreciendo a los empresarios fue el cambio de carátula de «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública» a «apropiación indebida de tributos», lo que además cambia el fuero que tratará la causa. Desde el organismo recaudador, la decisión de los jueces es «escandalosa».
«El cambio de carátula dispuesta hoy por la Sala I de la Cámara Federal implica que los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, recientemente excarcelados, podrían obtener una disminución considerable de la deuda con el fisco», en virtud de que deberían responder ante la Justicia Penal Tributaria en lugar de la Justicia Federal, explicaron fuentes oficiales.
«La AFIP va a continuar con su estrategia de sostener, con fundamentos, que tanto López cómo De Sousa defraudaron al Estado por considerar que cometieron un delito que excede lo meramente tributario y se trata de una defraudación al Estado Nacional«, destacó una alta fuente de la AFIP a la agencia Télam.
En esta línea, «llamó la atención» de las autoridades de la AFIP la «subrepticia» modificación de la carátula de la causa en la Sala I de la Cámara Federal, con los votos a favor de los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah, a diferencia de Leopoldo Bruglia que se mostró en línea con la Cámara Nacional de Casación.
Con este fallo, de no prosperar la próxima apelación de la AFIP, la empresa Oil Combustibles podrá acogerse a la moratoria impositiva, con quitas importantes por la exclusión de intereses y el pago en numerosas cuotas, indicaron en la máxima autoridad fiscal.
El fallo
La Justicia Federal porteña decidió este viernes la liberación del empresario Cristóbal López y su socio Fabián de Sousa, detenidos en diciembre en el marco de una causa por una evasión de $8.000 millones.
La decisión de liberar a los empresarios, dueños del Grupo Indalo, fue tomada por la Sala I de la Cámara Federal porteña: el juez Leopoldo Bruglia se expresó en contra, pero sus pares del tribunal Eduardo Farah y Jorge Ballesteros definieron la excarcelación.
López está detenido en la cárcel de Ezeiza tras entregarse el 19 de diciembre en el edificio Centinela de Gendarmería Nacional, mientras que su socio apresado el mismo día se encuentra alojado en la cárcel de Marcos Paz.
Ambos empresarios fueron procesados con prisión preventiva por «administración fraudulenta» a raíz del desvío de $8.000 millones del impuesto a la transferencia de los combustibles recaudados en calidad de agente de retención por la compañía Oil Combustibles.
Los procesamientos con prisión preventiva habían sido dictados por el juez federal Julián Ercolini. Ahora fueron revisados por la sala I de la Cámara Federal porteña, tribunal que ordenó liberar a los empresarios.
Ambos empresarios habían apelado la prisión preventiva que Ercolini les dictó días antes de que terminase el 2017, por fraude al Estado.
Entre 2013 y 2015 habían retenido indebidamente el pago del mentado tributo -que todos los clientes de las estaciones de servicio de Oil pagaban cada vez que cargan nafta- por un monto de $8.000 millones, suma que actualizada alcanza los $17.000 millones.
Ercolini había justificado la detención en las sucesivas maniobras que habían hecho para entorpecer la investigación, entre las cuales las más notorias fueron la de tratar de dividir Indalo en dos partes para mandar a concurso de acreedores una de ellas y, tras el fracaso de ese intento, la supuesta venta del grupo completo al fondo OP Investments.
Esta operación estaba prohibida porque Indalo tenía una inhibición general de bienes ordenada por Ercolini.
Como la sala I solo tiene dos camarsitas y estos diferían sus posturas (Leopoldo Bruglia votó en contra de la excarcelación y Jorge Ballestero, a favor) se convocó a Eduardo Farah para desempatar. Integrante de la sala II de la Cámara Federal, el magistrado coincidió con Ballestero, por lo que los empresarios kirchneristas seguirán a partir de hoy el proceso en libertad.
Argumentos
Fuentes judiciales informaron a Télam que el intento de venta del Grupo Indalo podía tener consecuencias en el concurso de acreedores de la firma Oil Combutibles, que se tramita ante el fuero comercial, pero no en el juicio que se tramita en los tribunales federales de Comodoro Py.
«Si el encierro cautelar fuera el modo adecuado de tutelar las acreencias del Estado, no puedo imaginar cuántos otros empresarios debieran estar acompañando hoy, sin juicio de por medio, a Cristóbal López y a Fabián de Sousa. No se necesitaría otra cosa que hacer un repaso por los más voluminosos procesos que transitan en sede comercial», sostuvo Ballestero en su voto por la liberación de los empresarios.
«Me veo en el imperativo de revocar los alcances de la prisión preventiva decretada a Cristóbal López y de Fabián de Sousa, ordenando su inmediata libertad, de no mediar otro impedimento», remarcó el mismo magistrado a cuyo criterio se sumó luego su colega Farah.
«El encarcelamiento de los imputados es incoherente con el criterio adoptado por el mismo juez al mantener la libertad ambulatoria del funcionario público consorte de causa, o el que respecto de ellos mismos se adoptó en otros legajos conexos», sostuvo Farah.
El delito de «apropiación indebida de tributos» tiene una pena de dos a seis años de prisión para los autores (contribuyentes) y se agravaría en el caso de Echegaray por haber favorecido la comisión del delito desde su posición de funcionario público.
Según el procesamiento que les había dictado el juez Ercolini, López y De Sousa se beneficiaron de «modo sistemático y deliberado» de «facilidades de pago vinculadas al pago del impuesto a la transferencia de combustibles líquidos», que les facilitó Echegaray entre mayo de 2013 y agosto de 2015.
A los tres procesados, los camaristas les confirmaron embargos por por $8.945 millones, según surge del fallo de 110 páginas.
– iProfesional