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domingo, noviembre 24, 2024

El mobbing o acoso moral y el vacío legal imperante en resoluciones judiciales

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Muchas de las resoluciones judiciales que a menudo se emiten de los magistrados tratan el tema del mobbing o acoso moral pero de una manera superficial que pueda ser confundido con una discriminación laboral o bien en un daño moral.

El mobbing o acoso moral se ha convertido en los últimos tiempos en una de las figuras más invocadas por los trabajadores a la hora de iniciar acciones judiciales contra su empleador, siendo en muchos casos a consecuencia de la ruptura de la relación laboral, manifestándose en un despido sin justa causa a raíz de los diversos hostigamientos que lo llevaron a un desgaste psicofísico originando serios daños y perjuicios.

Claro está que el mobbing o acoso moral provoca serios daños morales al trabajador, pero convengamos que ello no justifica rechazar la demanda en los casos en que la propia víctima presenta signos de pleno maltrato laboral y que no es aceptable justificar que el mobbing no procede dado que dichos maltratos eran generalizados hacia toda la organización.

jpg_escrupulos-2.jpgSi hay daño psicofísico en el trabajador y si los testigos acreditan en sus dichos que ha sufrido el maltrato laboral existe el mobbing o acoso moral sin lugar a dudas más allá del vacío legal que existe en la actualidad ante la falta de reglamentación de la figura.

En la actualidad, el mobbing o acoso moral no tiene una reglamentación específica, existiendo un proyecto de ley que reglamente la figura, tal como lo sostiene MAC DONALD al señalar “la necesidad de legislar la figura para evitar más demandas y sentencias contradictorias así como también los costos económicos y sociales que se le generan a las empresas” [1].

Si bien no existe una definición universal y específica de “mobbing”, es de destacar que existen definiciones e interpretaciones doctrinarias de autores en considerar como una cuestión de hecho y de prueba equiparable al daño moral.

En tanto que desde el sector empresarial, opinan que algunos trabajadores por lo general abusan de la figura a los fines de obtener más ventajas económicas a la hora de entablar una demanda judicial contra el empleador extendiendo la responsabilidad desde el intermediario hasta el principal suscitándose la denominada “solidaridad laboral” prevista en los artículos 29 y 30 de la LCT.

En un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, rechazó la demanda instaurada por un trabajador por mobbing al considerar que no se trató de mobbing, sino de violencia psicológica general dentro de la empresa ya que el maltrato no se dirigía a un trabajador en particular; sin embargo, la sentencia fue dividida en cuanto a la forma de determinar el resarcimiento [2].

El trabajador decidió dar por finalizado el contrato de trabajo debido a la negativa de la empleadora de regularizar la relación laboral; el mismo había denunciado durante su vínculo laboral con la demandada de haber sufrido conductas denigratorias, hostigamiento y acoso psicológico por parte del personal jerárquico.

Es de destacar que si bien el fallo en análisis deja de lado la figura de mobbing, advierte que el trabajador sufrió daño moral debido a las conductas manifestadas por la demandada en autos, no siendo suficientes las probanzas ofrecidas por la parte actora para acreditar el mobbing o acoso moral.

Lo cierto es que aún existiendo un proyecto de ley sobre mobbing o acoso moral, los magistrados a la hora de resolver deben recurrir a la jurisprudencia o a la doctrina de autores a los fines de llenar el vacío legal imperante que existe en la actualidad.

Sin dudas, es necesario una toma de conciencia dado que los reclamos laborales por trabajadores que han sufrido este fenómeno se han incrementado en los últimos tiempos de manera considerable y que los propios legisladores deben tomar conciencia de la problemática que representa el mobbing o acoso moral en las relaciones laborales.

– [1] Mac Donald, Andrea F.: “Mobbing: Un nuevo proyecto de ley que aun despierta interrogantes busca dar precisiones. Infobae profesional – Sección abogados – 31 de diciembre de 2009.

– [2] Ver fallo C.G.J.D.J c/ Ed Gar SA s/ despido. Sala II – Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. 9 de diciembre de 2009.

– La autora es Columnista de Salta 21 ; es Jefa de Trabajos Prácticos de las cátedras Análisis Económico y Financiero y de Elementos de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Buenos Aires – Facultad de Derecho. Autora del libro “Mobbing: El acoso moral en el derecho del trabajo. Editorial Cátedra Jurídica. Año 2008.

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