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domingo, enero 12, 2025

Urtubey y Nora Giménez podrían ser demandados penalmente

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Abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos, son algunas de las denuncias penales que podrían recaer en miembros del Ejecutivo salteño, concretamente en la persona del gobernador de la provincia y la ministra de Trabajo.

Según Acta Acuerdo del 10 de julio pasado, surgida tras la huelga de hambre realizada a fines de mayo pasado, celebrada entre el Secretario de la Función Pública del Poder Ejecutivo de la Provincia, Matías Posadas, y los dirigentes de la Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial y Municipal de Salta (A.T.A.P.) representados por el Sec. Gral., Miguel Rojo y la Sec. de Acción Social, Renee Beatriz Romero Lucero, y los afiliados: Mario Roberto Wilde, Miguel Ernesto Cardozo, Carlos Alberto Salcedo y Jorge Emilio Morcos; hubo un acuerdo para el regreso de los empleados en cuestión a la Dirección General de Rentas.

Ese acuerdo – que pese a la oposición del Secretario de Ingresos Públicos, Saravia Tamayo, quien sostenía: “mientras yo esté, no vuelve ninguno”- recordemos que vendía harina y compraba pollos en la Dirección de Rentas en la gestión romeriana- se plasmó con el Decreto Nº 3.067 del Poder Ejecutivo rubricado por el Gobernador, Juan Manuel Urtubey, el Secretario General de la Gobernación, Ernesto R. Samson y el Ministro de Finanzas y Obras Públicas, Carlos R. Parodi.

jpg_nora_jimenez.jpgEl Poder Ejecutivo solamente reconoce los salarios caídos a partir del 10 de diciembre pasado lo que implica desconocer literal e ilegalmente los derechos por los años anteriores de discriminación y persecución. Un trato antagónico y paradójico con respecto al celebrado con la Empresa de Transporte que tiene la guarda de documentación de Archivos de la Provincia, Plumada S.A.

Rojo sostiene: “A los trabajadores, el Poder Ejecutivo desconoce ilegalmente los derechos legales y constitucionales, irrenunciables e imprescriptibles de naturaleza alimentaria. Mientras que con la Empresa Plumada S.A., formaliza y/o ratifica acuerdos ilegales, ilícitos e inconstitucionales”. Agrega: “Estos actos no son propios de una gestión que se dice humanista y cristiana, donde la persona es el eje de la gestión o en el mejor de los casos, el estado de derecho”. “Así, tampoco es una evidencia práctica de institucionalidad y de mecanismos republicanos de resolver los conflictos”.

Ese punto aún no resuelto es uno de las cuestiones todavía pendientes de concreción. Los temas aún irresueltos son: Código de Descuento, reincorporación a su puesto de trabajo de la integrante de Comisión Directiva de la A.T.A.P.: Marina Del Valle Guanca –artículo 30º del Decreto Nº 1.178-, y retorno a sus lugares legales de origen dentro de la Dirección General de Rentas a: Sergio M. Zamboni, Fátima E. Gramajo y Walter R. Alderete, también integrantes de la A.T.A.P.

Denuncia realizada en Ginebra-Suiza según el Caso Nº 2.603

Los tres últimos casos mencionados también han sido denunciados por la A.T.A.P. en el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) en Ginebra-Suiza, según el Caso Nº 2.603 en marzo de 2.007. El Organismo Internacional a través de la Directora Adjunta del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, Responsables de la Libertad Sindical, Karen Curtis, mediante las últimas notas de fecha 09/05/08 y 15/07/08 comunica -al Sec. Gral. Miguel Rojo- la recepción de la ampliación de la demanda y que el Gobierno argentino –en representación de la Provincia de Salta- ha sido intimado para que envíe la información que hagan a su defensa, caso contrario aún en ausencia de tales observaciones, el Comité examinará dicho caso en su próxima reunión de noviembre de 2.008.

Denuncia por Discriminación Gremial en el I.N.A.D.I. en la Ciudad de Buenos Aires

En el caso puntual de Marina del Valle Guanca, se recuerda que el caso también ha sido denunciado por la organización gremial en el Instituto contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (I.N.A.D.I.) en la Ciudad de Buenos Aires, donde el 25/07/08 se ha presentado un tercer pronto despacho para que el Organismo que protege los Derechos Humanos en la República Argentina, en función de su explícita competencia, argumentos y pruebas aportadas por las partes, se expida sobre el caso.

Demanda Judicial por Tutela Sindical en Salta

Sobre el mismo caso Guanca, el 07/09/07 se realizó la pertinente demanda por tutela sindical de trámite sumarísimo en el Juzgado de 1ra. Instancia en lo Contencioso Administrativo a cargo de la Jueza Silvia Longarte, con Reserva del Caso Federal, donde a la fecha tampoco hay resolución. Así, se recuerda que los motivos esenciales de la cesantía de Guanca se deben a las denuncias públicas por irregularidades en el manejo de fondos públicos en la ex Secretaría de Asistencia Médica y Promoción Social a cargo de la entonces Secretaria de Estado, Marcela Corte –actual Asesora del Senador, Fernando Yarade-, que dependía directamente del ex Gobernador, Juan Carlos Romero. Donde también ha sido sindicada como responsable de esas irregularidades la Cra. Mercedes Uldry Fuentes, actual funcionaria del Gobierno de Juan Manuel Urtubey.

Asimismo, en la petición se menciona a la Jueza Silvia Longarte, que ante la ausencia de la investigación pertinente por las denuncias efectuadas – por la denunciante- ante su empleador, la actora ratifica tales denuncias y entrega por escrito como anexo 1 la descripción de las irregularidades juntamente con la documental. De esta forma demuestra la veracidad y seriedad de los hechos ocurridos.

Recurso de Reconsideración Administrativo en el Caso: Código de Descuento

Paralelamente, en lo referido al trámite administrativo del Código de Descuento solicitado por la A.T.A.P. para el descuento de las cuotas referidas a sus afiliados, el 07 de julio pasado, el gremio presentó un pronto despacho a la Ministra de Trabajo y Previsión Social, Nora Gimenez, para que resuelva el Recurso de Reconsideración a la negativa de la misma de otorgar el mencionado Código de Descuento. Se aduce que la A.T.A.P. no tiene personería gremial. El gremio fundamenta que en igualdad de condiciones –con Personería Jurídica-, a otras organizaciones gremiales y no gremiales, la Provincia ha otorgado el Código de Descuento. Más aún, en base a la normativa que se indica más abajo.

Recurso de Reconsideración Administrativo en el Caso: Zamboni-Gramajo-Alderete

También similarmente, en la gestión administrativa referida al caso: Zamboni-Gramajo-Alderete, trabajadores de la Dirección General de Rentas y a su vez también integrantes de la Comisión Directiva de la A.T.A.P., quienes en la actual gestión de Urtubey, han sido trasladados de sus lugares legales de origen a otros en la misma Dirección sin motivación legal alguna, siendo vulnerados sus derechos civiles y de protección sindical; el 30 de julio pasado, también la A.T.A.P. presentó una reiteración de un pronto despacho al Gobernador Urtubey para que resuelva el Recurso de Reconsideración interpuesto oportunamente.

Posibles demandas por Tutela Sindical, Penales, por prácticas desleales y discriminatorias a la Ministra de Trabajo, Nora Gimenez y al Gobernador, Juan Manuel Urtubey

En ambos casos: Código de Descuento y Zamboni-Gramajo-Alderete, el gremio manifiesta que vencidos los plazos legales de cada caso, se interpondrá la demanda por tutela sindical, la denuncia penal que pueda corresponder por el abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos según el artículo 248º del Código Penal, entre otros, la denuncia por práctica desleal, y la denuncia por discriminación gremial en el I.N.A.D.I. respectivamente.

Caso Nº 1.867 de la O.I.T. de Miguel Rojo

En el marco de más de 16 años de lucha, además de la demanda presentada el 31/05/01 en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se de cumplimiento integral de la Recomendación de junio de 1.998 por el Comité de Libertad Sindical y el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), la Resolución Nº 25 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo de la Nación, Tratados Internacionales de Derechos Humanos con rango Constitucional y que a la fecha aún no se expidió el mencionado Tribunal; el 25 de julio pasado también se presentó un pedido de Audiencia de Conciliación para que se dé cumplimiento a la normativa y decisiones del Organismo Internacional y Gubernamental en vigencia a la Presidenta de la Nación, Cristina de Kirchner, previa petición en dos oportunidades –meses de junio y julio pasado- al Ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada.

La Confederación Sindical Internacional con sede en Bruselas-Bélgica solicita Información del Caso Rojo

La Confederación Sindical Internacional (C.S.I.) con sede en Bruselas-Bélgica, la mayor organización mundial de trabajadores, creada el 1º de noviembre de 2.006, a partir de la fusión de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) y de la Confederación Mundial del Trabajo (CMT), que representa a 166 millones de trabajadores aproximadamente; entre el 28 y 29 de julio pasado, a través de su departamento jurídico y de derechos humanos, solicitó al Secretario General de la A.T.A.P., información actualizada del Caso Nº 1.867 –Miguel Rojo- para publicar en el Informe de Violaciones de la C.S.I. La información requerida ya ha sido suministrada, conjuntamente con la del Caso Nº 2.603 de la O.I.T.

Normas de aplicación obligatoria que fundamenta la A.T.A.P. en cada una de sus peticiones

Además de hacer un relato secuencial de los distintos hechos que hacen a la denuncia y a su defensa, la organización gremial esgrime esencialmente de forma taxativa los fundamentos normativos de la materia en pleno vigor y de aplicación obligatoria en el derecho argentino que son: Art. 47 de la Ley 23.551; art. 14 bis de la Constitución Nacional; Convenios de la O.I.T., particularmente el núm. 87 aprobado por Ley Nº 14.932, inclusive con rango constitucional; Tratados de Derechos Humanos incorporados a la Carta Magna, Tratado referido a la Convención de Viena, aprobado mediante Ley Nº 19.865 ratificada por el Poder Ejecutivo Nacional el 05/12/72 y en pleno vigor desde el 27/01/80 que, el art. 26 establece: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”. Así, el art. 27 ordena: “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”.

El propio Órgano Rector en la materia y/o Autoridad de Aplicación, Ministerio de Trabajo de la Nación, según Resolución Nº 25 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales de 24/02/2.000 –en el Caso Rojo– en plena vigencia, que paradójicamente el mismo Ministerio también la desconoce en la contestación de la demanda en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en igual sentido la Provincia de Salta, entre otros conceptos, textualmente expresa: «Que los Convenios Internacionales suscriptos por nuestro país han asumido jerarquía supralegal a partir de la reforma Constitucional de 1994 en los términos del art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna”.

Más adelante expresa: “Que el Estado Nacional según la distribución de competencias federales resulta ser el representante y responsable internacional de nuestro país, ante los organismos del sistema de naciones unidas y por ende, en tal carácter debe arbitrar los medios del caso para dar cumplimiento a lo resuelto por dichos órganos en sus respectivas esferas”.

Finalmente invoca: “Que en virtud de lo expuesto y de lo consignado en el art. 14 bis de nuestra Carta Magna respecto a las garantías que deben atribuirse a los representantes sindicales y en razón de la expresa directiva transcripta más arriba emanada del Comité de Libertad Sindical y a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la misma y el respeto de las obligaciones emanadas de los organismos internacionales de los que forma parte nuestro país”.

1 COMENTARIO

  1. Urtubey y Nora Jiménez podrían ser demandados penalmente
    Al respecto de Marina Guanca, hay mucho mas para decir, como por ejemplo toda la gente que esta denunciada por mi hija son integrantes de una banda de delincuentes que sigue trabajando para este gobierno en un ministerio nuevo. Como mama tenia la esperanza que no sea asi, pero este gobierno con su gobernador a la cabeza me esta demostrando que es mas de lo mismo ¡que ilusa creer que iban a cambiar las cosas! y mucho menos que actue la justicia.

    Yolanda Justiniano
    D.N.I. 12957034
    Mama de Marina Guanca

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