Las cajas sustraídas corresponden a la gestión del ex director de la DGR, Sebastián Saravia Tamayo. La Ley n° 6.649 establece claramente que el patrimonio histórico y documental del estado debe permanecer bajo la guarda del estado provincial y garantiza acciones legales contra los responsables de las infracciones.
El 6 de febrero de 2008, Miguel Rojo (Secretario General de ATAP-Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial y Municipal de Salta) y Néstor E. Vargas (Secretario Adjunto) elevan nota al Ministro de Finanzas de la Prov. de Salta, Carlos Parodi, en el que Sergio G. Ibarra, Inspector de Agrupamiento en el Suprograma de Auditoría Fiscal designado por decreto 2.781 (9/11/06) que ha sido desplazado informalmente de sus funciones, denuncia que vio el 31 de enero de 2008 que en el Puesto de Control de Vaqueros de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta, en una de las habitaciones se hallan entre 200 y 250 cajas de cartón marrón para archivos con el rótulo en cada una de ellas del Suprograma Auditoría Fiscal con diferentes leyendas y años.
Esta denuncia consta en la nota elevada a la vez que se pone en aviso mediante nota correspondiente de fecha 12 de febrero de 2008, al Coordinador de Bibliotecas y Archivos Sr. Andrés Gaufin. Gaufin, además, es miembro del Consejo Ejecutivo del SIPADA, a quien se eleva la denuncia presentada por expediente n° 11-085.260 al Ministro de Finanzas y Obras públicas, según las funciones que le competen por Ley 7.092 in. K del artículo 5°.
En uno de los párrafos de la denuncia de ATAP dice: «que según nuestras presunciones habría sido ordenado el citado, novedoso y sugestivo sistema de «archivo» de documentación pública-en abierta competencia a la firma de transporte privada Plumada S.A.-por funcionarios de jerarquía dentro del órgano de recaudación, entre ellos el jefe del Suprograma de Auditoría Fiscal, Julio E. Aramayo y/o- en honor al «cambio»– el reciclado funcionario romerista del entorno del Senador Yarade y actual Secretario de Ingresos Públicos, Sebastián Saravia Tamayo, siniestro represor laboral y responsable de una serie de irregularidades administrativas como titular de la DGR y que en un sistema republicano de la división de poderes real, constituyen taxativos ilícitos alcanzados por el Código Penal de la Nación…»
El mismo 12 de febrero, los representantes de ATAP se reúnen con el Dr. Emilio Rodríguez Muñón, Secretario Ejecutivo de la Unidad de Revisión y Renegociación para darle a conocer el criterio sobre la Guarda de la documentación pública según el artículo 51 de la Constitución: “el acervo histórico, arqueológico, artístico y documental forma parte del patrimonio cultural de la Provincia y está bajo guarda del Estado”. (sic)
El decreto n° 1.813 (29/09/03) de la Secretaría General de la Gobernación expresa textualmente: “que teniendo en cuenta el principio general establecido por la LEY, de no extracción del patrimonio documental del archivo que lo custodia, se han dispuesto estrictos requisitos a los efectos de salvaguardar su integridad”.
Pero la Ley no se está cumpliendo y tampoco el decreto de su reglamentación.
Por decreto n°1 del poder Ejecutivo de Salta según Ley 6.583 se considera “la estricta sujeción al régimen normativo vigente” y que los inconvenientes en la prestación de los servicios públicos “reconoce su causa directa en la falta de cumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente por las empresas contratistas o prestadoras de los servicios públicos”. El documento señala “que debe recordarse que el interés público es el fundamento de toda actuación administrativa” en consonancia con el artículo 61 de la Constitución Provincial: “la administración pública, sus funciones y agentes sirven exclusivamente a los intereses del pueblo”. A continuación, el decreto n° 2 nombra a Sebastián Saravia Tamayo como Secretario de Ingresos Públicos (ex director de la DGR), entre otros nombramientos del actual decreto.
Se recomienda leer a los funcionarios los artículos de la Ley 7.092: «toda documentación producida y que produzcan los Tres Poderes del Estado provincial, se considera como integrante potencial del patrimonio documental de la Provincia… (capítulo IV-art. 11) pero sobre todo: “los documentos originales archivados en los archivos públicos del estado provincial, no podrán ser retirados en forma definitiva de esos repositorios, sin excepción” (art 20 del mismo capítulo de la Ley).
¿Por qué retiraron las cajas de la DGR y están en Vaqueros, apiladas en una habitación? El ex director de la DGR, Sebastián Saravia Tamayo es ahora Secretario de Ingresos Públicos, no vayamos a pensar que se trata de ocultar irregularidades de su gestión.
En las fotos se observa el puesto depositario de las cajas, las cajas apiladas y rotuladas, y por último, se ven las cajas concernientes a la DGR donde debieran estar actualmente- hay espacio- por las consideraciones legales de los artículos, decretos y leyes mencionadas.
Se rumorea que se pretende hacer desparecer los archivos como se hizo en algunas secretarías y se desconoce hasta la fecha, que alguien más haya denunciado tal maniobra fuera de la Ley.