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martes, abril 23, 2024

FACAF: Carta a los Gobernadores de Salta y Tucumán

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FACAF CONSIDERA “CONFISCATORIO E INCONSTITUCIONAL” EL AUMENTO EN INGRESOS BRUTOS PARA FARMACIAS DE SALTA Y TUCUMÁN

La Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF) reclamó a los gobiernos de Salta y Tucumán, por el aumento en la alícuota del impuesto a los Ingresos Brutos que comenzaron a implementar en esas jurisdicciones. La entidad que agrupa a más de 5.000 farmacias de todo el país consideró “confiscatoria e inconstitucional” esa medida y advirtió que el incremento en la presión impositiva sobre un servicio público de salud como el que ofrecen las farmacias, pone en riesgo la continuidad de cientos de locales en esas provincias.

A través de una carta enviada por el presidente de la FACAF, Miguel Lombardo, a los gobernadores de Salta, Juan Manuel Urtubey y de Tucumán, Juan Manzur la institución asegura que “someter a una mayor presión impositiva que en definitiva absorbe el último eslabón de la cadena, esto es la farmacia, producirá a no dudarlo el cierre de las mismas con el consiguiente perjuicio no solo a sus propietarios sino, también, para los propios pacientes que requieren la medicación y se verán privados de ella”.

Lombardo en su misiva recuerda que “la entidad que represento fue creada en el año 1986 y reúne en su seno a las Entidad Civiles sin fines de lucro que en toda la extensión del país agrupe a propietarios de farmacias y tiene como objetivos principales fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las entidades asociadas, propender al perfeccionamiento de la legislación vigente relacionada con la actividad de las farmacias como entidades expendedoras de medicamentos, analizando las leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones, disposiciones y sus proyectos emanados o hacer aprobados por los poderes públicos y propiciar y sostener toda iniciativa pública o privada que tienda al mejoramiento de las farmacias como servicio público impropio integrante de la seguridad social y factor de circulación de bienes de la economía del país”.

El presidente de FACAF sostuvo en la carta remitida a los gobernadores que “hemos observado, con enorme preocupación, que luego de la firma del llamado Consenso Fiscal, con intervención del Sr. Presidente de la Nación y la mayoría de los Gobernadores provinciales, se ha producido en algunas provincias un aumento considerable de la alícuota correspondiente a los Ingresos Brutos de aplicación directa sobre los medicamentos, sin tener en cuenta el carácter social de estos y su impacto en los sectores vulnerables como jubilados, pacientes en general y poblaciones carenciadas”.

Lombardo agrega además que “si el gravamen se aplica sobre la venta de farmacias, siendo el precio del medicamento predeterminado fijado por los laboratorios, el impacto del mismo se produce sobre la ya escasa utilidad neta que obtiene la farmacia”. Y aseveró que “de ésta forma una alícuota equiparada con el resto de las actividades comerciales, resulta por demás confiscatoria e inconstitucional”.

La entidad empresaria recuerda que en distintas provincias se ha tenido en cuenta el carácter social del medicamento desde hace tiempo. Por ejemplo en la Provincia de Santa Fe se aplica una alícuota del 1,00%, conforme la ley 13.286 del 13 de Septiembre de 2012, al comercio al por menor de medicamentos, incluidos los suministrados en sanatorios. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la comercialización minorista de medicamentos para uso humano tributa el 1,00% en concepto de ingresos brutos.

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba planteó la cuestión ante la Justicia Federal, apoyándose en los principios constitucionales que rigen el ejercicio de la potestad tributaria, obteniendo un dictamen de fecha 15 de noviembre de 2007, donde se dispone que los farmacéuticos, como universitarios, deben ser equiparados con los demás profesionales que ejercen su profesión en forma independiente por lo cual no deben tributar el impuesto sobre los ingresos brutos emergente de la dispensación de medicamentos destinados a la salud humana.

“No pretendemos una exención total, que sería correcto e ideal, pero si una alícuota diferenciada con respecto al resto de los contribuyentes. Y decimos esto porque no existe forma alguna de trasladar el costo del impuesto pues, como se ha dicho, los precios no los fija el profesional farmacéutico sino la industria y son inmodificables”, consideró Lombardo.

“Por todo lo expuesto es que ésta Federación considera ineludible buscar una inmediata solución al problema planteado estableciéndose una alícuota razonable y no confiscatoria e inconstitucional.”, concluyó el dirigente farmacéutico.

Buenos Aires, 18 de enero de 2018

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