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jueves, abril 18, 2024

Guil sale de paseo y la jueza Comas no le pone pulsera magnética

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Mientras el represor Joaquín Guil permanece en su residencia de San Lorenzo custodiado por ¡su esposa! y produce escándalo con sus paseos por el Shopping, la jueza Comas ignora el pedido del abogado Daniel Tort de un control con pulsera magnética.

La noticia de que Joaquín Guil, acusado por crímenes de lesa humanidad que van desde la desaparición del ex gobernador Miguel Ragone hasta la masacre de Palomitas , sale de su casa como si nada y viola así con total impunidad el arresto domiciliario, muestra la relevancia del pedido del abogado Daniel Tort a la jueza federal Gladis Comas para que el represor sea controlado a través de una pulsera magnética.

Tras el rechazo de una primera petición en ese sentido, en su pedido de reposición Tort señala:

“El privilegio injustamente dado al represor Joaquín Guil, se encuentra según su propia resolución sujeto solamente, a la supervisión de su propia esposa, lo que convierte a esa situación precisamente, en una total ausencia de control o efectivo cumplimiento de la medida, y en este sentido el privilegiado podría violar cuantas veces quisiera el arresto con el que se lo ha premiado, sin que su supuesto control, por ser precisamente su esposa, tenga siquiera obligación de notificarle al Juzgado ese incumplimiento”.

En cuanto a una presunta supervisión del cumplimiento del arresto domiciliaro por parte del Patronato de Presos y Liberados, el letrado denuncia que no hubo “actividad seria alguna de supervisión”.

El ex presidente del colegio de abogados de Salta puntualiza, además:

“El patronato de presos y liberados no tiene siquiera competencia para entender en este caso, en la medida en que el encartado Joaquín Guil, no es condenado, ni cumple pena de prisión, ni ha sido liberado, (no está en periodo de ejecución de pena) sino que su estatus es el de procesado, a la espera de etapa de juicio”.

Que a Guil lo controle su esposa parece -subraya Tort- una resolución cargada de animus jocandi, o sea, con ánimo de burla, algo más bien jocoso y nada serio.

El abogado entiende que hay en este caso una evasión de la jueza Comas de responsabilidades que debería asumir sin requerimiento alguno (o sea la de verificar el efectivo cumplimiento por parte de Guil del arresto domiciliario dispuesto).

En otro tramo de su presentación, el letrado sostiene:

“Más alejado de la legalidad, y evidentemente sostenido en un desconocimiento total del tema que se la ha propuesto, y de la cuestión a decidir, Ud., Señora Jueza ha determinado que no procederá a imponer el sistema de control magnético al represor Guil, porque el mismo no habría quebrantado injustificadamente la obligación de permanecer en el domicilio, y porque los organismos de supervisión –en plural- no han aconsejado esa medida. Esta decisión, además de evidenciar que Ud., no está familiarizada con el sistema propuesto, contiene una confusión de conceptos básicos sobre el tema”.

“El sistema de pulsera magnética no se ha previsto como sanción procesal por el quebrantamiento de la orden de permanencia domiciliaria; es precisamente un sistema de control del cumplimiento efectivo de esa orden, y si Ud. se niega a instalarlo nunca se podrá controlar si el represor cumple o deja de cumplir sus órdenes. Ese sistema no es un castigo, es –reitero- un método de control Señora Jueza, y a lo que Ud. alude -la sanción por incumplimiento- debe ser la revocación del beneficio, no la colocación de la pulsera magnética. Es elemental para el futuro, que para poder tomar decisiones sobre el tema, se imponga Ud., de las cualidades y características del sistema propuesto”.

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