7 C
Salta
viernes, mayo 22, 2026

Recomendación General contra la Discriminación en la Oferta de Empleo

Autor

Notas más leídas

– Salta 30/03/09 – El INADI delegación Salta distribuyó copias de la Recomendación General Nº 6 Contra la Discriminación en la Oferta
Oferta de Empleo en todas las dependencias, estatales o privadas, relacionadas con la temática del trabajo.

La Recomendación, intenta contribuir a reducir los niveles de discriminación en la oferta laboral de empleo en todo el país, y en este caso, en la provincia de Salta. Con este fin, Verónica Spaventa, delegada del INADI en Salta, envió el documento a las siguientes dependencias estatales y entidades privadas: Dirección regional Noroeste del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación; al Ministerio de Trabajo y Previsión Social de la Provincia de Salta y sus dependencias, Secretaría de Trabajo y Previsión Social y a la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo y Previsión social; Agencia Provincial de Empleo; Secretaría de Empleo; al Instituto de Estudios Laborales y a la Escuela de Negocios de la Universidad Católica de Salta.

Durante la presentación nacional de la Recomendación, lanzada el pasado mes de febrero, la titular del INADI, María José Lubertino, indicó que «a través de la concientización de que la diversidad es un valor y es una inversión, se van a cambiar las conductas cotidianas. Buscamos lograr un cambio de actitud que no necesariamente tiene que ir acompañado de una sanción».

En su introducción, el documento aclara: «El único requisito exigible a las personas para el desempeño de actividades, profesiones u oficios, debería ser la aptitud, competencias y talentos requeridos para el ejercicio del cargo».

Además, como ejemplo de buenas prácticas en búsqueda y selección laboral se recomienda: «recurrir a métodos de selección basados en exámenes realizados en situaciones reales de trabajo, utilizar CV anónimos sin fotografías, informar al cliente acerca de buenas prácticas en la búsqueda y selección laboral, en los formularios que deben completar los/las candidatos/as, eliminar los campos de nacionalidad, estado civil, situación familiar y enfermedades».

Cabe destacar, que las sugerencias planteadas en el documento están dirigidas a lograr que las ofertas de empleo no incluyan preferencias en virtud del género, edad, aspecto físico, nacionalidad, lugar de residencia, condición social, estado civil, status familiar, y cualquier otra condición que por no ser razonable constituyan un acto o práctica discriminatoria, en los términos del artículo 1º de la Ley Nº 23.592 y normas concordantes y complementarias.

SAETA y la AMT

Desde el INADI delegación Salta, se envió también la Recomendación General Contra la Discriminación en la Oferta Laboral a la Autoridad Metropolitana de Transporte y, por su intermedio, a SAETA, y a las empresas de transporte público que operan a través de esta última, debido a la presentación por discriminación de género que la Defensora Civil Nº 4, Natalia Buira les había realizado.

La presentación de la Defensora Civil, corresponde a la denuncia de una mujer que no es incorporada como chofer por motivos de género, siendo que acredita todas las cualidades que se requieren para ejercer esa actividad.

En la presentación, se pide el cese de la discriminación por razones de género que se traduce en la no incorporación de choferes mujeres en el transporte público de pasajeros por parte de las empresas operadoras de SAETA; la incorporación de la demandante como chofer de colectivos y que para las futuras contrataciones de personal se eleve el número de plazas a ser cubiertas «exclusivamente por mujeres».

En nota adjunta, Spaventa le recuerda a la empresa que «El INADI, a través de su Recomendación General Nº 6, ha dicho que el género, cuando es contemplado como requisito para acceder a un empleo, y dicho requisito no resulta razonable, por no guardar relación con las capacidades y habilidades necesarias para ese empleo, el mismo constituye un acto o práctica discriminatoria en los términos del artículo 1 de la Ley 23.592 y normas concordantes complementarias. Además de resultar violatorio, entre otras, de las disposiciones contenidas en normas de rango constitucional, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer (.) Y de rango superiores a las leyes como la Declaración de la OIT y del convenio 11 de dicha organización.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img

Últimos Artículos