13.7 C
Salta
jueves, diciembre 26, 2024

Salta: rechazo a la Resolución 140 y marcha atrás del Ministerio de Educación

Notas más leídas

Las medidas que toma la provincia parecen no estar en consonancia con lo expuesto por Nicolás Trotta desde Nación. El miércoles 24 de junio, el Ministro de Educación de la provincia, Matías Cánepa, salió por los medios a decir que los administrativos regresaban este jueves 25 a las escuelas. Esto generó indignación en el sector docente ante la falta de conocimiento de la realidad educativa de la provincia. Más aún, la Resolución 140/2020 enrareció el clima cuando por esta normativa se anunció que el lunes 29 de junio se retornaría a la escuela. Ya venían errando con la 002 que finalmente quedó derogada, pues ponía fechas de exámenes del 18 al 26 de junio y un segundo llamado hasta el 8 de julio. SiTEPSa emitió en consonancia, un comunicado que expresaba que el 25 de junio se reabrirían las escuelas. Patético.

10 Expresiones de los distintos sectores

1. Tribuna Docente

LOS GRAVES LÍMITES DE LA RESOLUCIÓN 140 Y CÓMO ABORDARLA

La Resolución 140 emitida por el Ministerio de Educación dela provincia de Salta para el retorno a las actividades educativas en el sector público y privado a partir del 29 de Junio de este año, es una peligrosa impostura. No hay obras de infraestructura, ni nombramiento de personal y mucho menos recursos de limpieza para las escuelas, cuando tenemos un 44 % del personal docente y 2500 ordenanzas en toda la provincia, que son factor de riesgo en la pandemia, por enfermedades pre existentes.
Vale indicar que afecta al personal directivo, administrativos y en caso de exámenes a docentes en general y alumnos.

Tiene graves inconsistencias y aquí te presentamos algunos aspectos.

1) Como el Ministerio sabe que está en falta frente a los futuros reclamos por cobertura de ART del personal de educación, establecieron el Articulo 6 para borrar lo que dicen los artículos 1, 2,,3, 4 y 5. Dice el Articulo 6: *ESTABLCER QUE NO DEBERAN RETOMAR LAS ACTIVIDADES, EN AQUELLAS INSTITUCIONES DONDE NO PUEDA GARANTIZARSE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PROTOCOLOS APROBADOS EN LA PRESENTE*. Esto quiere decir que si falta uno de los pasos indicados o los mismos no son respetados es motivo para no retomar la actividad. Los docentes nos tenemos que convertir en órganos de control y supervisión. Ante este hecho, presentar nota modelo donde nos retiramos “por incumplimiento del protocolo de bioseguridad en base a lo que establece el Articulo 6”. Ya que además un reelevamiento de la docencia provincial también develó que el 80% de las escuelas no están en condiciones para cumplir con los requisitos del protocolo, debido a años de desinversión y abandono.

2) El Artículo 7 buscar descargar toda la responsabilidad del gobierno en el personal docente, estableciendo que cada docente deberá firmar una planilla en concepto de DECLARACIÓN JURADA, aceptando que no tiene COVID -19, ni síntomas, ni que estuvo en contacto con un sospechoso o caso confirmado. ¿Acaso no saben las autoridades que existen los asintomáticos? Si un docente asintomático firma esa planilla y luego contagia a sus compañeros o alumnos les cabe una Denuncia Penal en el Fuero Federal cuando se establezca el árbol epidemiológico. Debemos exigir el análisis de hisopado que es el único método científico y rechazar la firma de la declaración jurada mediante nota modelo “por carecer de método científico, atentar contra la salud pública. La sola firma de dicha Declaracion Jurada puede formar parte de los elementos suficientes para ser imputarlo por el artículo 205 del Código Penal, que preveé penas de reclusión o prisión de tres a quince años para quien propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

3) “Dos Trapos de Piso a la entrada de la Escuela” NI a los chinos se les hubiese ocurrido que en plena suba de la curva de contagio, que había que poner dos trapos de piso con lavandina como Establece el Anexo II la Resolución 140. No es increíble es criminal. La Resolución establece que con dos trapos de piso y un poco de alcohol en gel o al 70 % será suficiente. Pide la limpieza de los baños por cada vez que sea usado, limpieza de escritorios y señalamiento del piso. Pero no mandó los recursos necesarios, Hay escuelas sin agua y sin personal, actualmente están trabajando ordenanzas que son personal de riesgo .

Estas medidas que son totalmente insuficientes tampoco podrán ser cumplidas por falta de insumos.

Pero aun peor el Anexo I dice que si el personal se siente mal cuando este en la escuela se debe llamar al 911 y se suspenderá las actividades hasta que el caso sea confirmado. Pero eso significa una peligrosa exposición de todos y de nuestras familias.

4) La Resolución aparece justo cuando la AMT acaba de cancelar los servicios de transporte en el Norte por temor a la circulación de las personas y la propagación de la enfermedad que sigue sumando casos en la provincia. Ya es difícil ingresar a las localidades por los controles del COE en los accesos, con estas restricciones de la AMT será casi imposible usar el transporte púbico para los trabajadores.

*Llamamos a los docentes a rechazar esta resolución, repudiamos una vez más a la intergremial que ha entregado históricamente el salario y ahora entrega la vida y la salud de toda la comunidad educativa a la política criminal del gobierno. Llamamos a las familias de nuestros estudiantes a rechazar y repudiar este protocolo y a unirse con la docencia para imponerle al ministerio un protocolo que de verdad proteja a la comunidad educativa, porque actualmente no hay condiciones para volver a clases.*

Proponemos:

– Salario igual al costo de la canasta familiar

– Límite de 10 alumnos por aula

– Infraestructura y contratación docentes como titulares para garantizarlo

– Insumos de limpieza y contratación de más ordenanzas a razón de uno cada 50 alumnos para garantizar las condiciones de bioseguridad

– Sistema de transporte adecuado y gratuito

– Jubilación con 25 años de servicio y 82% móvil para resguardar a las compañera/os de riesgo

– Gabinete psicopedagógico cada 150 alumnos y docentes de apoyo e integradores para los alumnos de todos los grados y niveles

– Que las condiciones y el momento de regreso a clases sean resueltas por las bases docentes y no por un estado y gobiernos y burócratas sindicales que han sido partícipes históricos de la destrucción del sistema educativo. Congreso pedagógico

– No al pago de la deuda externa y nacionalización de la banca y el comercio exterior bajo control de los trabajadores para garantizar los recursos para un adecuado proceso educativo

– Centralización del sistema de salud privada y por un verdadero refuerzo del sistema bajo control de los trabajadores. Sin un adecuado sistema de salud no se puede volver a clases.

– Mientras no se vuelva a clases presenciales, que se garanticen los insumos tecnológicos necesarios para el trabajo virtual, se elimine el sobre trabajo y se garanticen los insumos necesarios para su cursada. Kits escolares, etc. Que ningin estudiante quede libre y sea expulsado del sistema educativo

– Por la unidad con las familias de los alumnos para defender este pliego y la educación

– por un gran frente de lucha bajo este programa con todas las tendencias que respeten los métodos democráticos

– Por la organización docente democrática e independiente de los gobiernos de turno. Por una dirección clasista y bajo control de las bases. Por la recuperación de la ADP y el resto de los gremios para que la misma vuelva a ser una herramienta de lucha docente y no un ariete gubernamental contra la docencia.

TRIBUNA DOCENTE

2. Alternativa Docente

*Rechazamos el protocolo del gobierno de Sáenz para volver a las escuelas.*

Una vez más quienes conocemos la realidad de nuestras escuelas somos relegados en la toma de decisiones y expuestos a una pandemia que va creciendo en casos positivos en la provincia.

La resolución del Ministerio de Educación del día 23 de junio que promulga el protocolo de acción para la vuelta de la administración y comisiones evaluadores en las escuelas públicas, es un claro ataque a derechos laborales y de salud.

La primera medida de este protocolo es descargar la responsabilidad en lxs trabajadorxs de la educación frente a posibles contagios, pues al ingresar a las escuelas se deberá firmar una *DECLARACIÓN JURADA,* donde cada unx se hará cargo de las penalidades correspondientes si estuviesen trabajando con síntomas de Covid-19 o si hubiesen estado en contacto con personas afectadas con el virus. Cuando es de público conocimiento la existencia de casos asintomáticos.

– Desde Alternativa Docente rechazamos este protocolo de Sáenz y exigimos:_

✅ Testeos masivos en nuestras escuelas.

✅ Instituciones y transporte público en condiciones de bioseguridad.

✅ Presupuesto de emergencia para educación y salud pública.

*Escribínos👇🏽*
*3875392966*

3. Claudio Del Plá

#DelPlá pide la #derogación a la Resolución 140 emitida por el Ministerio de Educación sobre la vuelta a clases y explica los motivos.

https://bit.ly/3dyN2D5

3. El Director del Colegio Batalla de Salta

Presentó un recurso de Aclaratoria y Reconsideración de la 140.

SALTA CAPITAL, 25 de junio de 2020

AL DIRECTOR GENERAL DE
EDUCACIÓN SECUNDARIA DEL
MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
PROF. GABRIEL TEJERINA
S / D

Ref.: Solicitud de aclaratoria y de reconsideración de la Resolución Ministerial N° 140 /2020 y Anexos de fecha 23/06/2020

El que suscribe, Profesor Víctor Orlando Gamboa, D.N.I. 16.734.584 en su carácter de DIRECTOR DEL COLEGIO SECUNDARIO N° 5035 BATALLA DE SALTA se dirige a Ud. y por su digno intermedio a las autoridades que correspondan, con el fin de solicitar aclaratoria y reconsideración de la Resolución Ministerial N° 140 y Anexos de fecha 23 de junio del 2020 por la que se aprueban los “Protocolos de Bioseguirdad” para el retorno del personal y alumnos en Unidades Educativas de gestión estatal y privada dependientes de ese Ministerio.

Considerandos

1.- La Resolución Ministerial establece en su Artículo 3° que “el equipo directivo de cada institución deberá organizar las tareas del personal, garantizando las prestación de servicios en condiciones de seguridad sanitaria y cumpliendo con los parámetros de distanciamiento necesarios, conforme el protocolo que como Anexo I forma parte de la presente, y demás medidas que establezca la autoridad sanitaria”.

Al respecto cabe destacar las Instituciones Escolares, particularmente la que se encuentra a cargo del suscripto, no cuenta con los recursos económicos y humanos necesarios para dar el cumplimiento a lo prescripto por la citada normativa. A mayor abundamiento, no escapa a v. conocimiento que no hemos recibido por parte del estado ni los insumos ni los importes dinerarios que solían erogarse para acondicionamiento escolar, menos aún los aportes solidarios que realizan los estudiantes debido a la situación económica social de público conocimiento que atraviesan las familias desde el inicio del Ciclo Lectivo.

2.- La misma Resolución establece en su Anexo I Inciso 1 Apartado primero establece que “Todo el personal que brinda servicios en Unidades educativas será capacitado en las medidas de prevención de COVID 19, con la finalidad que cumpla y haga cumplir las recomendaciones emanadas por la autoridad sanitarias y las del presente protocolo”.

No se especifica quien o quienes llevarán a cabo la capacitación referida al personal Directivo, Administrativo, Docente y de Servicios Generales. Tampoco se especifican los tiempos y duración de la misma.

Si por una inferencia tácita se supone que es personal directivo el que debe capacitar, cabe concluir que por tratarse de prácticas de carácter netamente sanitario no contamos con el conocimiento médico, técnico y epidemiológico para la realización de tamaña labor.

A más de lo dicho, no debe perderse de vista la entidad y complejidad de las actividades que desde el mes de marzo vienen desarrollando los equipos directivos junto a todos los actores institucionales para adaptarse a la modalidad digital. Lo expuesto, sumado a la propia situación social, ha generado cansancio, incertidumbre y un desgaste sustancial en todos los miembros que componen la institución.

3.- En su Artículo 5° expresa que “Disponer que las autoridades de cada institución serán responsables sólo en garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que se aprueban en la presente, y que los mismos son obligatorios para las unidades educativas de gestión estatal y privada.

En línea con el cese del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, la norma en cuestión dispone un protocolo para la normalización gradual de tareas en el marco de la pandemia, sin haber tomado en consideración la realidad fáctica en que se encuentran los establecimientos educativos y las limitaciones con las que los equipos directivos realizan diariamente las tareas a su cargo.

El documento detalla las condiciones y medio ambiente de trabajo indispensables para prevenir el riesgo que supone la propagación del COVID-19, las cuales en la teoría resultan adecuadas y pertinentes pero en la práctica de imposible cumplimiento por las razones que se vienen exponiendo a lo largo del presente.
De allí que, se deja expresado el total rechazo a la adjudicación de “responsabilidad” por el incumplimiento de protocolos que, reitero, resultan de imposible implementación por parte de los directivos.

El Director/a y sus equipos tiene sus funciones determinadas por normativas que claramente no le asignan una dimensión sanitaria única sino mas bien subsidiaria al Estado Provincial y Nacional en materia de Salud y de emergencia sanitaria como lo es el Covid 19. El ejercicio de esa responsabilidad es civil y económica por lo que excedería a las funciones asignadas al Director.

No puede dejarse de mencionar la imposibilidad fáctica de la propagación del Virus Covid 19 en las instituciones escolares solo con una declaración jurada y sin contar con las herramientas técnicas para la detección de síntomas tales como termómetros digitales o de calor corporal.

Por último, el personal comprendido en los grupos de riesgos y la falta de autorización de las autoridades del trasporte público de pasajeros para el traslados del personal involucrado en las instituciones escolares limitarían aún los escasos recursos humanos para dar cumplimiento de manera efectiva lo establecido por la Resolución Ministerial N° 140/2020.

4.- Por lo expuesto, el que suscribe solicita aclaratoria y reconsideración de lo prescripto por dicha Resolución haciendo reserva de los derechos para continuar con acciones administrativas y legales correspondientes.

VÍCTOR GAMBOA

5. Autoconvocados

20200626_024324.jpg

20200626_024303.jpg

6. Cánepa y un desatinado comunicado

20200626_031832.jpg

7. El comunicado de SITEPSA

20200626_032821.jpg

8. Patricia Caliva Avalando la 002

20200622_235236-2.jpg

8. Los gremios se oponen a la 140

img-20200625-wa0057.jpg

img-20200625-wa0058.jpg

9. Consejo Directivo

El Grupo de Equipos Directivos de Salta se reunió en primer término con Roxana Celeste Dib, Sectetaria de Gestión, el martes 16 de junio y posteriormente, el 22, con el Ministro de la cartera, Matías Cánepa. Allí elevaron un petitorio en el que se cuestionó los alcances de la O02 al tiempo que se solicitó precisiones con respecto a lo Protocolos de bioseguridad, entre otros puntos. También se presentó el proyecto sobre la exclusividad del Cargo Directivo, el que está e tratamiento por el sector desde hace al menos 2 años.

20200626_031905.jpg

20200626_031956-2.jpg

20200626_031929.jpg

10. Acuerdo entre ciertas partes

Autoridades de Educación y gremios docentes consensuaron las fechas de examen y los protocolos de apertura de escuelas. Así, las unidades educativas abrirán sus puertas el 29 de julio, luego del receso escolar de invierno, solo para actividades administrativas y se comenzará a tomar exámenes para la terminalidad educativa a partir del 3 de agosto, habrá tres llamados a rendir.

Tras la reunión entre secretaria de Planeamiento Educativo, Analía Guardo; la secretaria de Gestión Educativa, Roxana Celeste Dib y representantes gremiales se acordó el protocolo de bioseguridad que las instituciones educativas deberán poner en práctica para la reapertura de las escuelas el 29 de julio, luego del receso de invierno, y será solo para tareas administrativa. También acordaron las fechas de exámenes de terminalidad para estudiantes de nivel secundario y superior.

Representantes de ADP, AMET, ATE, SADOP, UPCN, UDA y CTA-T consensuaron que para la reapertura de las instituciones se deberá contar con todos los insumos que garanticen la higiene y desinfección en las escuelas. Por su parte, los funcionarios provinciales se comprometieron a continuar trabajando sobre la estructura edilicia, el abastecimiento de agua, el acondicionamiento áulico y la provisión de insumos necesarios.

Aquellas instituciones educativas que no puedan garantizar el cumplimiento de los protocolos aprobados, quedarán exentas hasta contar con los acondicionamientos pertinentes. En tal caso, la atención deberá organizarse de manera telefónica u online.

El protocolo para el funcionamiento administrativo y la toma de exámenes regirá tanto para instituciones públicas y privada, las cuales deberán funcionar en horarios y jornadas reducidas. El protocolo está basado en los lineamientos nacionales y fue aprobado por Comité Operativo de Emergencia (COE).

Las fechas de los exámenes fueron consensuadas de manera unánime y comprenden un periodo de inscripciones previo que permitirá a los directivos organizar la disposición del espacio físico del establecimiento.

Fechas de exámenes de terminalidad para nivel secundario:

Primer llamado:
Periodo de inscripción: 29/07 al 31/07
Examen: 03/08 al 07/08

Segundo llamado:
Inscripción: 10/08 al 12/08
Exámenes: 13/08 – 20/08

Tercer llamado:
Inscripción: 21/08 y 24/08
Exámenes: 25/08 al 31/08

Fechas de exámenes de terminalidad para nivel superior, turnos extraordinarios:
Primer turno extraordinario: 01/07 al 11/07
Segundo turno extraordinario: 29/07 al 04/08
Primer turno ordinario: 10/08 – 14/08
Segundo turno ordinario: 19/08 – 25/08

El chiste del año o el error más grueso

No se trataba del 29 de junio sino del 29 de julio, hubo un error de tipeo que salieron a aclarar gremios y Ministerio, y de ello, resultó la 145, con la anulación y reparo de varios puntos de la 140. Al derogarse la 002, nació la 003. Un lío que demuestra que en pandemia, los cerebros parecen trabajar distinto…

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img

Últimos Artículos