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martes, abril 23, 2024

Comunicado: De la comunidad teatral salteña

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Manifestamos nuestro firme posicionamiento de que la LEY NACIONAL DEL TEATRO sea respetada, valorada y cumplida.

La Comunidad Teatral Salteña reunida, expresa su preocupación con respecto al accionar del Director Ejecutivo del Instituto Nacional del Teatro, Sr. Guillermo Parodi en manifiesta oposición a la Ley Nacional del Teatro Nº 24.800. (1)

A partir de las actas del último Consejo de Dirección, realizado en Buenos Aires en el mes de junio, se advierte que un sector de este órgano, compuesto por: Martín Glatsman, Carmen Saba, Alejandro Conte, Graciela Rodríguez, Paula Brusca y el mismo Guillermo Parodi, desconocen las funciones del Consejo y pretenden trasladar atribuciones en la toma de decisiones referidas al destino de fondos y designación de personal, a la figura unilateral del Director Ejecutivo.

El Director Ejecutivo se ampara en un dictamen del Departamento de Legales del Ministerio de Cultura de la Nación, que no es vinculante a la actividad del INT, esto es verificable en las actas de Consejo de Dirección en la web del INT.

Es de nuestra preocupación urgente, el accionar espurio de este sector del Consejo de Dirección que desconoce y avasalla los principios de la Ley Nacional Nº 24.800, como así también los 18 años de funcionamiento de historia del INT apegado a la reglamentación de dicha Ley. La misma garantiza a lo largo de sus distintos artículos la representación y participación de todas las regiones por igual, sin dar poder unilateral a ninguno de los miembros del Consejo de Dirección, tanto los representantes de las regiones del país como el director designado por el Poder Ejecutivo Nacional o el representante del Ministerio de Cultura, poseen las mismas potestades como consejeros.

Esto garantiza el federalismo en las decisiones y distribución equitativa de los fondos destinados a la actividad teatral del país, además de afianzar nuestra voz teatral independiente a través de los representantes que integran el Consejo de Dirección. Perder esta voz, sería perjudicial para el sentido federal sobre el cual se cimienta la Ley y el quehacer teatral nacional.

El espíritu de la Ley Nacional del Teatro y las políticas públicas nacionales en pos del empoderamiento del campo cultural convergen visualizando otro escenario teatral; es por ello que no comprendemos el accionar de estos miembros del Consejo de Dirección que atentan directamente contra ese destino fundante del teatro argentino. (2)

Manifestamos nuestro firme posicionamiento de que la LEY NACIONAL DEL TEATRO sea respetada, valorada y cumplida.

(1) Exposición, concordancias y comentarios. Ley Nacional Nº 24.800

(2) “Artículo 12. Toda resolución violatoria del régimen legal y disposiciones internas del Consejo de Dirección imponen responsabilidad personal y solidaria a los miembros de la misma que hubieran estado presentes y no hubieran hecho constar su voto negativo en el acta de la sesión respectiva.”

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