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domingo, noviembre 24, 2024

El Juez Pablo Farah incurrió en el delito de Incumplimiento de los deberes a su cargo

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Lo gravísimo, es que se está consagrando, en esta profunda inseguridad jurídica y desenfrenados ilícitos, a los discriminadores y represores por naturaleza del estado de derecho a agredir a los ciudadanos, pisotear y manipular las instituciones a su antojo ¿Se puede seguir ignorando este pedestal del sistema obsceno de impunidad?

En este estado de cuasiderecho de la Argentina y particularmente de la Provincia de Salta, de manipulación sistemática del sistema democrático, connivencia inaceptable de los supuestos poderes independientes y/o jueces genuflexos o gregarios, y evidente decadencia de las Instituciones Republicanas que, no sólo existe una literal desprotección jurídica y un premeditado vandalismo institucional y destrucción psicológica con el objetivo de lograr nuestra desmoralización y hasta el abandono de nuestra identidad: seres humanos con dignidad; sino lo más gravísimo, es que se está consagrando, en esta profunda inseguridad jurídica, a los discriminadores y represores por naturaleza del estado de derecho a agredir a los ciudadanos, pisotear y manipular las instituciones a su antojo. En este marco, Sergio Zamboni, Mateo González, Walter Alderete y Miguel Rojo, integrantes de la Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial y Municipal de Salta (A.T.A.P.), en el carácter de denunciantes en la Causa Nº 80.725/09 del 18/06/09 en contra de Nora del Valle Jiménez, ex Ministra de Trabajo y Previsión Social y ampliación de la denuncia el 28/08/09 al Gobernador, Juan Manuel Urtubey, por los delitos de Discriminación a la Libertad Sindical según Ley Nº 23592, Incumplimiento de los Tratados Internacionales y Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de los Funcionarios Públicos, el 28/12/2009 instamos un pronto despacho al Juez de Instrucción Formal 3º Nominación: Farah, Pablo Fernando.

En el escrito solicitamos que: “Habiendo transcurrido un excesivo tiempo sin que el Sr. Fiscal Penal haya instado el procedimiento, venimos a solicitar pronto despacho, teniendo en cuenta que podría prescribir la causa ante la demora deliberadamente injustificada.

Para tal eventual hipótesis, sin que los funcionarios realicen los actos propios de sus cargos, hacemos expresa reserva de formular la correspondiente acción penal por la omisión de los deberes a su cargo.

Pedimos en consecuencia, se confirme el trámite de la denuncia corriéndose vista al Fiscal Penal competente y ordenándose las medidas probatorias para resolver el caso.

Peticionamos se tenga presente la reserva de promover nueva denuncia penal, en caso que así sea necesario”.

En las acusaciones, además de los argumentos referidos a las normas en vigencia, acreditamos, entre otras, archiprobadas pruebas: copias de la Resolución Nº 42/08 y 276/08 de la ex Ministra Nora Giménez, denegando la petición de la ATAP; carta documento de intimación al Gobernador Juan Urtubey (El 07/01/10 según B.O. Nº 18262, surge un hecho nuevo ilustrativo, mediante Decreto Nº 5487/09, Urtubey, el actual Ministro de Trabajo, Rubén Fortuna y el Sec. Gral. de la Gobernación, Ernesto Samson, insisten en su repugnancia por el derecho, reinciden en transgredir normas constitucionales y el Código Penal, en otro acto grosero viciado de nulidad absoluta ratifican la denegación, entre otros argumentos absurdos, aducen que somos una empresa privada. Cuando finalice la feria judicial, ampliaremos la denuncia penal a estos últimos y presentaremos el amparo por tutela sindical y práctica desleal por vía sumarísima); Informe 351 del Comité de Libertad Sindical y el Consejo de Administración de la OIT, enviado por la Directora Adjunta del Dpto. de Normas Internacionales, Karen Curtis, a nuestra organización, que respecto al código de descuento que se rechazó la solicitud, afirma: “…violando los principios de la libertad sindical” ; “Fallo histórico” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, así denominado y conocido por la prensa nacional, que aboga es una doctrina constitucional, y asevera que la normativa: Constitución Nacional, Convenciones de derechos humanos con rango constitucional, y expresamente los Convenios y Órganos de Control de la OIT, forman parte del derecho argentino.

Así, desde la fecha de la denuncia original han transcurrido 3 meses para llevar adelante el trámite de ratificación de la misma. Y hasta la presentación del petitorio de pronto despacho, no se nos notificó para ratificar la ampliación de la denuncia al Gobernador Urtubey. Asimismo, según información de mesa de entrada del Juzgado, hace más de 6 meses de la denuncia, no se realizó otro trámite procesal.

Las preguntas son: ¿En estricto sentido, esta adicción a la ilegalidad y torpe decisión, no es un escándalo jurídico? ¿Se procedió correctamente en cuanto a los plazos legales determinados explícitamente en el Código Procesal Penal de Salta? No. Es patético, premeditadamente ignoraron el marco legal y constitucional. No sólo que se violó abierta e ilícitamente el principio constitucional republicano de las garantías de un debido proceso, sino que, el Juez, Pablo Farah, incurrió expresamente en el delito de falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.

El rol institucional del Juez y Fiscal es el específicamente normado. El procedimiento, según el artículo 175º del Código Procesal, taxativamente ordena: “El Juez de Instrucción que reciba una denuncia la transmitirá inmediatamente al agente fiscal, y éste, dentro del término de 24 horas, salvo que por la urgencia del caso aquel fije uno menor, formulará requerimiento conforme a las normas de este Código, o pedirá que sea desestimada o remitida a otra jurisdicción”.

En el párrafo siguiente indica: “La denuncia será desestimada cuando los hechos referidos en ella no constituyan delito, o cuando no se pueda proceder”.

Y en cuanto al Agente Fiscal, el artículo 176º del Código, afirma: “Cuando corresponda instrucción, el agente fiscal que reciba una denuncia formulará requerimiento ante el Juez en el plazo de 24 horas, salvo que la urgencia del caso exija que lo haga inmediatamente y se procederá con arreglo al artículo anterior”.

Asimismo, además de la Ley 7138, otro mecanismo republicano vigente, el articulo 160° de la Constitución de la Provincia de Salta, instituye: “Los jueces de la Corte de Justicia están sujetos a juicio político, con idéntico procedimiento que el previsto para la remoción del Gobernador, por las causales de delito común, mala conducta, retardo de justicia, mal desempeño o falta de cumplimiento de los deberes a su cargo”.

La misma normativa también ordena: “Los demás jueces pueden ser acusados por cualquiera del pueblo o por el Ministerio Público por las mismas causales previstas para los jueces de la Corte de Justicia por ante un jurado de enjuiciamiento…”.

En este hipotético y de desvergüenza “sistema republicano representativo y federal”, los jueces son administradores de la justicia, concluyentemente NO, sus dueños. En rigor, se declama que, la República se asienta en reglas básicas que deben ser respetadas por ciudadanos y administradores; y la función más relevante de la justicia, en este caso el Juez, Pablo F. Farah y el Fiscal competente están obligados como todos los ciudadanos a respetar, regirse, y asegurar este sometimiento universal al imperio de la Constitución, Tratados Internacionales con rango constitucional, Código Penal, Código Procesal Penal, etc.

MIGUEL ROJO D.N.I. Nº 10.856.490

4 COMENTARIOS

  1. El Juez Pablo Farah incurrió en el delito de Incumplimiento de los deberes a su cargo
    Y doctor Pablo Farah?????
    El articulo 160° de la Constitución de la Provincia de Salta, instituye: “Los jueces de la Corte de Justicia están sujetos a juicio político, con idéntico procedimiento que el previsto para la remoción del Gobernador, por las causales de delito común, mala conducta, retardo de justicia, mal desempeño o falta de cumplimiento de los deberes a su cargo”.

    La misma normativa también ordena: “Los demás jueces pueden ser acusados por cualquiera del pueblo o por el Ministerio Público por las mismas causales previstas para los jueces de la Corte de Justicia por ante un jurado de enjuiciamiento…”.

    Sigo esperando un poco de honestidad de su parte, parece que no tiene idea de lo que significa ser «honesto»..

    Despues de la falsa imputacion a mi hijo, acusandolo falsamente de maniobras sospechosas, luego de sus «arduas tareas de investigacion» se comprobo que mi hijo no tenia nada que ver con todas sus argucias y falacias tendientes a encubrir a los verdaderos delincuentes.
    Pasaron seis años desde su maniobra pergeñada para vincular a mi hijo con la estafa realizada por gente que usted conoce muy bien, durante ese tiempo tuvimos que soportar la carga de un proceso a una persona inocente.

    Hay que ser un poco digno, sabe lo que significa???
    Renuncie por favor, haga una contribucion a la depuracion de esta justicia corrupta que esta enquistada en todos los estamentos del poder judicial.

    Estoy a su disposicion para lo que se le ocurra.

    Dardo Buryaile
    DNI 8165279
    Zuviria 166
    Salta

  2. El Juez Pablo Farah incurrió en el delito de Incumplimiento de los deberes a su cargo
    Sigo esperando que este juez dé a conocer los resultados de la investigación identificando a los verdaderos responsables de esta maniobra, que reconozca que imputó falsamente y a sabiendas a mi hijo Victor Ruben Buryaile con todos los inconvenientes y daño moral que le ha producido su falta de profesionalidad, que limpie su nombre como corresponde y si cumplió con su obligación de procesar por falso testimonio a los dos abogados de Inmuebles que se prestaron a la maniobra para inculpar a una persona inocente.

  3. El Juez Pablo Farah incurrió en el delito de Incumplimiento de los deberes a su cargo
    Sigo esperando que se pronuncie el juzgado sobre la absoluta inocencia de mi hijo, que este juez reconozca su apresuramiento al vincularlo falsamente y a sabiendas con la banda de estafadores, que dé a publicidad los nombres de los verdaderos implicados en la maniobra y si procesó por falso testimonio a los dos abogados de Inmuebles.

  4. Así trabaja ese Juzgado
    Investigan a una superbanda de usurpadores de terrenos
    Publicada el Martes 21 – Abril, 2009 a las 8:27 am

    Hay, por lo menos, dos escribanos involucrados en maniobras fraudulentas de compraventa. Falsificaban, con apoyo notarial, todo tipo de escrituras, en operaciones realizadas a velocidades asombrosas

    El juez de Instrucción Formal 3, Pablo Farah, se halla estudiando a fondo las actividades de una superbanda especializada en la usurpación de terrenos a ciudadanos salteños que están ausentes o fallecidos y que luego son vendidos a terceros, tras una serie de maniobras que involucran la falsificación de firmas y documentos públicos y la sustitución de personas.

    En las operaciones se encuentran seriamente comprometidos dos escribanos capitalinos, además de otras siete personas, entre las que se contabiliza un empleado de la Dirección General de Inmuebles de la Provincia (DGIPS), que parece ser una de las piezas clave en la organización.

    Las pesquisas se iniciaron, justamente, a raíz de una denuncia presentada por el titular de la repartición oficial, Esteban García Bes, luego de que un inversionista salteño, identificado como Víctor Rubén Buryaile, se presentara en las oficinas de dicho organismo y expusiera ante él y sus asesores legales, Luis Cornejo Revilla y Martín Molina Colombres, que un empleado, al que describió como “el Gordo del Fondo”, lo estaba tentando recurrentemente para realizar prácticas ilícitas.

    Manifestó que le ofrecía en venta y a precios irrisorios, terrenos baldíos situados en las zonas más caras de los barrios residenciales Tres Cerritos y Cofico, supuestamente de propiedad de personas fallecidas o ausentes, con la seguridad de que la documentación sería “manejada adecuadamente”. Buryaile aseguró ante el funcionario y sus abogados, que el sujeto lo instaba a “apurarse”, puesto que aseguraba tener muchos interesados tucumanos, con los que ya habría realizado negociaciones semejantes en otras oportunidades.

    Los espeluznantes datos aportados por el empresario sirvieron para que a través de una investigación interna, los letrados de la repartición lograran determinar que por ese sistema, el estafador enquistado en las vísceras de la institución, que se llamaría Armando Marín, habría logrado concretar la operación de venta trucha de un baldío situado en la calle Los Yuchanes 155, en el barrio Tres Cerritos, a espaldas de su propietario real, Rafael Román Oropeza.

    Luego de establecida la punta del iceberg, las tareas detectivescas quedaron a cargo de la División de Inteligencia Criminal de la Brigada de Investigaciones, cuyos efectivos pudieron establecer que la propiedad, de 10×38 metros, había pasado a nombre de un tal Carlos Fernando Lazarte, quien la habría comprado por $50.000 a Oropeza, en una operación realizada en la escribanía de la matriculada Silvia Zulema Córdoba, a la que la víctima de la enajenación de su patrimonio jamás vio.
    De la misma manera, el mencionado Lazarte la vendió a los pocos días y por igual precio, a una compradora de buena fe, identificada como Claudia Daniela Barroso, aunque en esta ocasión la operación se realizó en otra escribanía: la del profesional Sebastián Romero Dondiz.

    Las investigaciones realizadas por la Policía indican, además, que todas las personas mencionadas formarían parte de una aceitada organización liderada desde Buenos Aires por otro notario, del que sólo se conocen, por ahora, sus apodos -”Cachito” o “Coco”-, especializado también en el robo, el autorrobo y la venta o la exportación clandestina a Bolivia, de automotores.

    Los otros miembros identificados en Salta, más allá de los consignados anteriormente, son Luis Oscar Núñez, Javier Fernando Núñez, Ramiro Daniel Madrazo, Carlos Roberto Medina, Federico Daniel Medina, David Emanuel Guanuco y otros.

    Fuente: Diario El Tribuno
    ************************************************
    La investigación arrancó en abril de 2009
    Llevan a juicio a una banda de usurpadores de propiedades

    El juez de Instrucción Formal de Tercera Nominación, Pablo Farah, dictó el procesamiento de Carlos Fernando Lazarte y de Adolfo Feliciano Núñez, por resultar coautores penalmente responsables del delito de falsificación de instrumento público; del empleado de la Dirección General de Inmuebles, Marcelo Armando Marín, conocido como “el gordo del fondo”, como partícipe necesario del delito de falsificación de instrumento público, y de Víctor Rubén Buryaile, por encubrimiento.
    Los imputados continuarán en libertad provisoria de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 300 del Código Procesal Penal.

    El caso involucró a numerosas personas sorprendidas en su buena fe en lo que se insinúa como un sistema de estafas de gran envergadura, con ramificaciones dentro de la administración del Estado.
    La investigación se abrió a partir de una denuncia efectuada por el titular de la Dirección General de Inmuebles, Esteban García Bes, luego de que este sospechara de un ciudadano (Buryaile), de extraños movimientos en el interior de la repartición.

    Las pesquisas estuvieron a cargo de la División de Inteligencia Criminal de la Brigada de Investigaciones, quienes lograron determinar, con pruebas fehacientes, la venta fraudulenta de un terreno situado en calle Los Yuchanes al 100 del barrio Tres Cerritos, en una operación realizada en una escribanía local, donde Adolfo Feliciano Núñez actuó suplantando, con un documento apócrifo, la identidad del verdadero propietario, Román Oropeza, ausente de esta provincia.
    El terreno fue adquirido por Lazarte en $50.000, cifra que no abonó jamás a nadie, ya que se trataba de una transacción ficticia.

    El mismo Lazarte lo revendió a los pocos días y por la misma cantidad a una compradora de buena fe, identificada como Daniela Barrios, aunque esta operación fue registrada en una segunda escribanía.
    Ambos notarios fueron investigados y se logró comprobar que habían operado de buena fe, desconociendo la maniobra pergeñada por la banda.

    Buryaile, quien fue la primera persona investigada por los detectives y que a su vez fue entrevistada por los asesores legales de la Dirección General de Inmuebles, Luis Cornejo Revilla y Martín Molina Colombres, al verse cercado por los abogados y la policía inventó una historia extraña a través de la cual quiso desprenderse de toda responsabilidad diciendo que el empleado de la repartición (Marín) al que en ese momento no identificó pero al que describió como “el gordo del fondo”, lo estaba tentando con un terreno barato, una oportunidad única (el de Los Yuchanes al 100) y le decía que se apurara porque tenía inversores tucumanos interesados.

    Buryaile contó que Marín había puesto en oferta no sólo el baldío señalado, sino que, además, le había exhibido un verdadero vademécum de propiedades cuyos dueños, ausentes o fallecidos, no los reclamarían jamás y que él se encargaría de arreglarle todos los papeles en el interior del organismo para que nunca tuviera problemas.

    Buryaile

    Con el avance del proceso de instrucción realizado por el juez Farah, se estableció que Buryaile no era precisamente un héroe de la verdad en este caso, sino que un personaje digno de dudas. Por ello es que encuadró su conducta en los considerandos del artículo 277 inciso “a” del Código Penal, que expresa con meridiana claridad que “toda vez que teniendo conocimiento del hecho ejecutado por otro, colabora con su silencio entorpeciendo la investigación y la actuación de la Justicia”.

    Sobreseimiento

    El juez dedica un extenso párrafo al sobreseimiento de la escribana Silvia Zulema Córdoba, quien intervino en la escrituración y “resultó burlada en su actuación profesional” por la sustitución del verdadero titular del inmueble por un tercero que resultó ser Adolfo Núñez.

    Los acusados habían fraguado un documento de identidad y el juez considera plenamente probada “la ajenidad de la escribana a la causa ya que resultó ella misma perjudicada al haber sido burlada en su buena fe”.
    Sábado 16 de Octubre de 2010 Policiales El Tribuno

    ++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
    Todo es mentira! Mi hijo Victor Ruben Buryaile no es un inversionista, trabaja honradamente todos los días como cualquier persona. Nunca fue a denunciar que le querían vender ese terreno, nunca vió ni lo conoce al empleado infiel de Inmuebles. No conoce ni tampoco habló nunca con el director de inmuebles. No los conoce ni tampoco se entrevistó nunca con los asesores legales de Inmuebles Su pecado fué no prestarse a una declaración preparada para iniciar el proceso a los verdaderos ? delincuentes. Ahora le dictan procesamiento y confío en la cámara para desenmascarar a los actores de esta causa armada. Espero que cuando surja la verdad también se publique.

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