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miércoles, diciembre 4, 2024

Ganancias con fines políticos de cara al 2023: El nuevo mínimo no imponible

El ministro de Economía, Sergio Massa, anticipó en términos generales la medida, pero será AFIP la que de la puntada final tras incluir las ultimas paritarias cerradas.

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Tras el anuncio que realizó esta mañana el ministro de Economía, Sergio Massa, de que desde el 1° de noviembre se subirá el minimo no imponible de Ganancias «por arriba de $330.000», el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, señaló algunas limitaciones de la medida, cuyos detalles finales dará a conocer la AFIP en función del cierre de las paritarias más recientes.

Para Domínguez en el escenario inflacionario actual «se requiere una reforma integral del impuesto a las ganancias contemplando actualizaciones automáticas en forma trimestral por la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC)».

«Estas actualizaciones se deben efectuar no sólo sobre las remuneraciones brutas para definir los montos de las deducciones especiales incrementadas y sobre el valor del aguinaldo exento», sino que también «se deben actualizar las restantes deducciones y las escalas del impuesto, además de la necesidad de darle un tratamiento igualitario a los trabajadores autónomos», explicó.

Sin embargo, lejos de estas medidas, -siguió Dominguez- el Gobierno continuaría durante 2022 y 2023 -previa aprobación del proyecto de presupuesto- con su política de sólo ajustar el monto del aguinaldo exento y de las remuneraciones hasta las cuales no se tributa ganancias por facultades delegadas y aplicando la variación del RIPTE (Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).

SUBA DEL MINIMO NO IMPONIBLE DE GANANCIAS: CÓMO DEBERIA SER EL AJUSTE A REALIZAR EN OCTUBRE 2022

El valor del sueldo bruto promedio hasta el cual no se paga ganancias se fijó en $ 225.937 en enero de 2022 tomando la variación del RIPTE octubre 2022 vs octubre 2021 y se actualizó a $ 280.792 en junio 2022, considerando la variación del RIPTE marzo 2022 vs octubre 2021.

«Si actualizamos el valor del sueldo bruto promedio por la variación del IPC de septiembre 2022 vs. octubre 2021, arroja como resultado que no se debería tributar ganancias por sueldos brutos hasta $ 400.744 (225.937 x 1,7737)», observa el especialista y advierte: «El Gobierno, por lo menos, debería aplicar la variación del RIPTE entre agosto de 2022 y marzo de 2022».

«Esto implica que el ajuste sería del 28,37% y la remuneración bruta no sujeta al impuesto a las ganancias se fijaría en aproximadamente $ 360.452 (280.792 x 1,2837%)», puntualiza.

Según Domínguez, el Gobierno debería tomar el mismo parámetro para determinar el aguinaldo exento.

«Sin embargo, el Ministro Massa anunció un valor cercano a los $ 330.000, bastante menor a los $ 360.452. En consecuencia, estarían tributando impuesto a las ganancias empleados que no deberían hacerlo, tanto considerando la variación por RIPTE como por IPC», señaló.

Por otro lado, «los empleados que tienen remuneraciones superiores y no encuadran en esas deducciones especiales incrementadas, sufrirán mayores retenciones del impuesto a las ganancias por el efecto de la inflación y no por haber incrementado su capacidad contributiva», sumó.

«Lamentablemente el Congreso es quien debería modificar la ley y no que las actualizaciones queden en manos del Poder Ejecutivo que podría realizarla discrecionalmente y con fines políticos, especialmente en un año electoral como 2023», concluyó.

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