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jueves, octubre 10, 2024

La Justicia suspendió un convenio laboral porque no estuvieron representadas las farmacias

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A partir de un reclamo de las farmacias quedo sin efecto el acuerdo firmado en setiembre del año pasado por SAFYB y la COFA. La Justicia dicto una medida cautelar y avaló la postura de las farmacias: no estuvieron representadas en la discusión paritaria, por lo tanto no es legítima.

La Justicia Laboral suspendió mediante una medida cautelar, la aplicación de un convenio paritario firmado por dos entidades que representan a los farmacéuticos por considerar que en la instancia de negociación no participó el sector que representa a los propietarios de las farmacias. El reclamo había sido presentado por la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF) contra el convenio colectivo identificado como 702/14 que había sido firmado en setiembre del año pasado por el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), que conduce el sindicalista Marcelo Peretta, y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA).

La jueza Liliana Mónica Tarbuchi, del juzgado Nacional de Primera Instancia N° 24 de la ciudad de Buenos Aires, aceptó los cuestionamientos de las farmacias del país y aseguró, en su dictamen que “está acreditado que la entidad no ha participado en la negociación, y que eventualmente los intereses que protege pudieran ser afectados”. A partir de esta resolución, las farmacias adheridas a FACAF – más de 5.000 en todo el país- no están obligadas a cumplir con lo dispuesto en el convenio 702/14, según explicaron en la Justicia.

El planteo ante el fuero laboral se hizo luego de no obtener una respuesta por parte del Ministerio de Trabajo. Ante ese organismo se había presentado una impugnación administrativa en octubre de 2014, un mes después de haberse firmado “aviesamente y a espaldas de los empleadores” el convenio paritario cuestionado. Ahora, la jueza Tarbuchi sostuvo que “a impugnación formulada por la Federación fue presentada en octubre de 2014 y al presente el organismo no se expidió al respecto, todo lo que diluye la presunción de una resolución oportuna y temporal tendiente a evitar lesión de derechos como los que motiva la presente demanda”.

Por ese motivo, la magistrada resolvió dictar una medida cautelar y dispuso que “las disposiciones contenidas en el convenio colectivo de trabajo nº 702/14, suscripto entre SAFYB y COFA no alcanzará a los representados por la Federación Argentina de Cámara de Farmacias (FACAF) hasta que recaiga resolución definitiva y firme”.

Desde la federación se explicó que “de esta manera defendemos a las farmacias de los intentos de realizar acuerdos poco transparentes, realizados por dirigentes que tienen dudosa representación y que nada tienen que ver con la defensa de quienes están al frente de esta actividad fundamental para la salud de la población”. En la paritaria “trucha” que había firmado el dirigente Peretta con la COFA no sólo se fijaban aspectos salariales, sino también cuestiones vinculadas con la relación laboral entre empleador y empleado. “Pero resulta que no estaban representados los empleadores en esa mesa de discusión”, explicaron.

Ahora, las farmacias adheridas a FACAF continuarán rigiéndose por los convenios 414/05, para el caso de las farmacias de Capital Federal y el Conurbano Bonaerense, el 430/05 para la Provincia de Córdoba, el 429/05 la ciudad de Mendoza y sus departamentos aledaños y el 659/13 cuyo ámbito de aplicación abarca al resto de nuestro país y que fijan las pautas salariales y las condiciones laborales para todos las categorías de trabajadores y profesionales que se desempeñan en esta actividad. “Estos acuerdos transparentes y realizados según todas las disposiciones y con representantes legítimos de todos los sectores estableció una mejora de hasta el 30% para los farmacéuticos que realizan sus tareas en las farmacias y tiene plena vigencia”, aclararon desde la entidad que representa a las farmacias de todo el país.

– Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de abril de 2015

Tel: 011-4372-3300

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