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jueves, abril 25, 2024

La situación de la prensa en Salta-Comunicado de prensa

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A partir de la difusión en los medios locales del informe preliminar de la 63ª Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa, resulta necesario destacar el precario reconocimiento a la libertad de prensa que se reconoce en la Provincia de Salta a la luz de:

1) La falta de una clara política en lo que hace al acceso a la información pública, entendiéndose como tal tan sólo aquella información que es de interés del gobierno hacer conocer, y no el derecho de los ciudadanos a informarse por sí, por sus representantes y/o a través de los medios de prensa, de los actos de gobierno. Advertimos así la falta de participación en los debates públicos de los candidatos oficialistas; el otorgamiento de reportajes sólo a aquellos medios favorables al gobierno, sin repreguntas y muchas veces tan sólo en una relación unidireccional; la no concurrencia ante los requerimientos formulados por los cuerpos legislativos de distintos funcionarios y/o su presencia sin documentación que respalde sus afirmaciones – lo que las torna en simple opiniones y no en lo que deben ser – información pública, la falta de respuesta y/o la falta de respeto al contestar por parte de los funcionarios de gobierno a requerimientos judiciales vinculados con información que no fuera brindada oportunamente y requiriera intervención judicial para su obtención, etc.-

2) La existencia de una clara discriminación respecto de la asignación de pauta oficial, la que se traduce en una afectación del ejercicio de la libertad de prensa.-

“La obstrucción indirecta a través de la distribución de publicidad estatal actúa como un fuerte disuasivo de la libertad de expresión” OEA Informe Relatoría Especial para la Libertad de Expresión – 2.003

No existe voluntad ni de distribuir los fondos públicos conforme a pautas objetivas, ni de informar respecto al destino que se le asigna a tales fondos públicos.- El gobierno provincial utiliza tal asignación de recursos a su vez, para condicionar o restringir la difusión de aquellos actos que le resultan adversos, negativos o que evidencian directamente la existencia de corrupción.-

Con la asignación de fondos públicos a publicaciones que, en proporción, poseen un menor nivel de distribución, es decir, que llegan a menor cantidad de ciudadanos, se subsidia de manera indirecta la actividad de prensa en lo que tiene de comercial (porque se trata en sí de una actividad comercial), por sobre otras que, por calidad, credibilidad, etc. han sido favorecidas por los ciudadanos – contribuyentes, dificultando, obstaculizando, etc. así el acceso a la misma, por ej. al posibilitar la reducción del precio de tapa, el acceso a redes de distribución, la mejora de la situación laboral de los empleados de prensa, etc. y constituyéndose de tal manera en un mecanismo de aquellos que la CADH señalara como restrictivos de la libertad de prensa.-

“La utilización del poder del estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidas por ley” Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, principio 13 – Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos – Octubre 2000.-

3) La persecución por la vía penal y/o la amenaza de recurrir a la misma, de aquellos que manifiestan de manera permanente y constante una posición crítica respecto del gobierno, sus funcionarios y los empresarios con claras vinculaciones con el mismo, procurando a través de la misma, impedir el ejercicio del derecho a informar, y generar censura, directa, al pretender inhabilitar a los periodistas y/o los medios para el ejercicio de su función, e indirecta, a través de la autocensura que genera el temor. Condenamos en consecuencia las sentencias dictadas contra los periodistas Poma (FM Noticias) y Acho (Salta Libre), las agresiones sufridas por el periodista Illanes (El Tribuno), las amenazas vertidas contra la periodista Urbano (Nuevo Diario), entre otros.

La libertad de prensa no sólo debe pregonarse sino garantizarse a través de acciones concretas, por eso el Encuentro Popular Amplio apoya la sanción de la Ley de Información Pública actualmente con estado parlamentario en el Congreso de la Nación, la necesidad de sancionar normativa de similares características a nivel provincial, estableciendo legislativamente, criterios objetivos de distribución de la pauta oficial como asi tambien restringiendo la transferencia de partidas respecto de los fondos destinados a la misma, ya sea para disminuirlos y/o para aumentarlos por fuera de los criterios objetivos que se establezcan. Asimismo, sostiene que siendo inherente al sistema republicano de gobierno la publicidad de sus actos, el acceso del periodismo a los funcionarios y/o a la información respecto de los mismos debe ser libre, irrestricta y garantizada a través de una permanente disposición de los mismos ante los requerimientos que los ciudadanos, por sí, por sus representantes y/o por los medios de prensa, realicen.-

Destacamos que la conducta desplegada por el gobierno provincial, encuentra su inmediato espejo a nivel nacional, siendo idéntica la conducta de ambos gobiernos (el de Romero y el de Kirchner) al respecto.-

– Dra Verónica Huber (154663345 – 154074388) Candidata a Diputada Nacional

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