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jueves, abril 25, 2024

Más allá del mercado: carácter público de los servicios esenciales

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Hasta la fecha existió una ostensible inacción del estado en la fiscalización de las obligaciones asumidas por los prestadores de servicios públicos y la protección del derecho de los usuarios. La regulación económica en la agenda gubernamental.

Asistimos por estos días a un proceso que no registra antecedentes en la vida institucional de nuestra provincia.

En efecto, el Gobernador ha dispuesto, de manera integral y bajo criterios homogéneos, la revisión – y eventual renegociación- de los contratos, licencias, autorizaciones y permisos otorgados por el Estado provincial, quedando comprendidos, lógicamente, aquellos cuyo objeto resulta la realización de obras y la prestación de servicios públicos.

Debe señalarse que a la fecha existió una ostensible inacción del Estado en relación al diseño de una política regulatoria capaz de dotarlo de un eficaz rol de intervención en materia de fiscalización de control y cumplimiento de las obligaciones asumidas por los actuales prestadores de los servicios públicos y de protección de los derechos de los usuarios.

Hoy resulta incontrovertible que la regulación económica ocupa un lugar preeminente dentro de la agenda gubernamental.
En este sentido, debe señalarse que las denominadas “fallas del mercado” son unos de los principales justificativos para la intervención reguladora de los Estados.

Así, nos encontramos hoy ante la valiosa posibilidad de elaborar distintas estrategias regulativas con el objeto de realizar ciertos valores constitucionales.

Debe, entonces, de cara este proceso que se ha iniciado, prevalecer la preeminencia normativa de la Constitución, dejando sentado el exclusivo carácter instrumental de los mecanismos de mercado en relación con los principios, valores y prescripciones que aquella reconoce.

Se presenta en este momento la ardua tarea – con el único objetivo de satisfacer las exigencias de una sociedad democrática en un Estado de Derecho- de aplicar criterios reguladores modernos que perfilen y controlen al mercado con la trascendente finalidad antes señalada.

Con ello queremos destacar que la noción de regulación económica se debe complementar con la de regulación social. Esto – necesariamente- implica el desafío de definir una política general de regulación que trascienda el acotado marco derivado de la opción mercado-no mercado y, como tal, que adquiera sentido como regulación no sólo económica, sino también social.

Lo dicho genera importante consecuencias, entre las que se destaca la ineludible obligación estatal de preservación del carácter público de los servicios esenciales, independientemente de las características de los mercados en los que operan.

En este esquema, la política regulatoria debe trascender el elemental objetivo de aportar los lineamientos e incentivos apropiados para garantizar el óptimo de eficiencia en el funcionamiento del mercado para observar específicamente los aspectos relativos a quienes resultan la ultima ratio o razón de ser de la prestación de los servicios esenciales involucrados: sus usuarios.

En definitiva, se impone la estricta consideración de los intereses del Estado y de los usuarios, por sobre cualquier interés particular que pretenda desnaturalizar aquella ultima ratio.

En este sentido se orienta la clara y firme decisión política adoptada por el Gobernador en este y otros planos (vbg. creación de la Secretaría de Defensa del Consumidor en el ámbito del Gobierno de la Provincia de Salta), que advierte de manera inequívoca sobre el modelo de Estado regulador que pretende.

Víctor Collado es Director del Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Salta.

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