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martes, abril 30, 2024

Beneficio Impositivo para Medios de Comunicación

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Los titulares de medios de comunicación (diarios, revistas, periódicos, servicios de radiodifusión, etc.) podrán regularizar sus obligaciones fiscales y previsionales vencidas a Diciembre de 2008 mediante la dación en pago de espacios publicitarios.

Esto es posible porque se encuentra vigente el Decreto Nº 1.145/2009 reglamentado por la Resolución Conjunta Nº 132/2010 y 2807 de la Jefatura de Gabinete de Ministros (de la Nación) y de la Administración Federal de Ingresos Públicos, respectivamente.

El contador público Gonzalo Rodrigo explicó que “quienes adhieran al presente régimen consolidarán su deuda a la fecha de acogimiento, y podrán cancelar sus obligaciones en un plazo de hasta cinco años a partir de la suscripción del respectivo acuerdo”.

Además, agregó que “incluso podrán adherir quienes hubieran regularizado tales obligaciones en cualquiera de los planes de facilidades de pago ofrecidos por el organismo nacional”.

Para más información o asesoramiento, los interesados pueden comunicarse con el contador Gonzalo Rodrigo, al teléfono celular 387-154512234

EL PERFIL

Gonzalo R. Rodrigo es Contador Público Nacional (MP Nº 1741 CPCE Salta) y especialista en Tributación (MP Nº 22 CPCE Salta). Además se desempeña como docente universitario.

1 COMENTARIO

  1. Beneficio Impositivo para Medios de Comunicación
    Qué interesante el artículo. La verdad que para los medios de comunicación es un alivio impositivo de gran magnitud. Muy buena exposición del contador Rodrigo.

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