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viernes, abril 26, 2024

Irregularidades en la elección de delegado del pueblo Kolla ante el IPPIS

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En las elecciones del IPPIS –Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas Salta- realizada el 19 de noviembre de 2010 en la ciudad de Tartagal, el Pueblo Diaguita ha estado presente al momento donde los delegados autorizados y representantes del Pueblo Kolla denunciaron que fue impedida su participación en este acto que debería haber sido democrático.

Los delegados dejaron constancia por medio del acta que se acompaña a continuación de la convivencia entre el gobierno provincial encabezado por el Dr. Juan Manuel Urtubey y uno de los delegados, don Miguel Siares, dando como resultado la suplantación de manera irregular de supuestos delegados quienes no estaban autorizados a participar de este acto eleccionario, ocupando lugares de quienes si lo estaban.

Esta maniobra -que nos retrotrae a los años más oscuros que ha vivido nuestro país y nuestras instituciones- tienen como objetivo manipular el Instituto que democráticamente debería ser gobernado por delegados de los diferentes Pueblos Indígenas de nuestra provincia y no por personas elegidas a dedo con el objetivo de manejar el presupuesto del Instituto de los Pueblos Indígenas de Salta por funcionarios y autoridades provinciales en desmedro de los intereses genuinos de todas las comunidades Indígenas de la provincia. Motivos por el cual el Pueblo Diaguita expresa su solidaridad con dicho reclamo.

ACTA

En la Ciudad de Tartagal, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil diez, delegados de Comunidades Kollas de la Provincia manifestamos que:

– 1. Hubo irregularidades en los procesos eleccionarios de delegados en las Comunidades donde se puede comprobar que muchos delegados fueron autonombrados y no elegidos en Asamblea Comunitaria tal cual establecía el pertinente instrumento legal.

– 2. Que muchas actas que fueran realizadas siguiendo los procesos establecidos en los instrumentos legales y correspondientemente presentadas ante la Dirección Gral. de Inspección de Personas Jurídicas, fueron omitidas arbitrariamente por el Tribunal Electoral constituido a los efectos.

– 3. Que en muchas situaciones, como las Comunidades de Rodeo Pampa (Santa victoria Oeste) y Tolar Grande (Los Andes), fue permitido el voto de hasta tres Delegados siendo que se permitía el voto de un solo delegado (Titular o suplente).

– 4. Que en el caso de la Comunidad de Cerro Negro no fue permitido el ingreso y mucho menos el voto del delegado titular presente elegido en asamblea comunitaria Alancay Saul DNI Nº 32.941.659 quién fue reemplazado adrede por otra “representante” procediendo de igual manera con las Comunidades de Poscaya, OCAN, San Francisco de Tuc Tuca, Tinkunaku, Abra de Santa Cruz, Pucara, entre otras.

– 5. Que del padrón fueron excluidos de manera arbitraria, inconsulta e intencionalmente, muchas comunidades jurídicamente constituidas, con el único propósito de eliminar representatividad y derechos adquiridos.

– 6. Que la convocatoria tanto a elecciones comunitarias de delegados como a la Asamblea general del Pueblo Kolla en la Ciudad de Tartagal estuvieron viciadas de nulidad ya que las Comunidades no disponían de la información fehaciente sino de “rumores” mal intencionados distorsionando la información.

– 7. Que el veedor Dr. Sanchez “designado” por el IPPIS tuvo un trato discriminatorio para con muchos hermanos que solo plantearon sus situaciones de legitimo derecho.

– 8. Que igualmente discriminatorio y hasta con el abandono de persona fueron tratados muchos delegados que debieron recorrer cientos de km y no fueron recibidos por nadie y abandonados a su suerte.

En razón de lo expuesto y muchas situaciones irregularidades que podemos aportar si así se considerara pertinente, violatorias de todas las normativas jurídicas vigentes, se resuelve:

1. Exigir al gobierno de la Provincia de Salta la impugnación del acto electivo realizado en la Ciudad de Tartagal para la designación del delegado al IPPIS del Pueblo Kolla.

2. Que se instrumente las medidas correspondientes para reparar los daños y situaciones planteadas a fin de llevar un acto eleccionario en el marco jurídico vigente.

3. Que se eliminen las prácticas dañinas, corruptivas, de prebendas e impropias de nuestras pautas culturales y que rompen con nuestro tejido social y con fines que no son los comunitarios no solo en este acto sino en todos los que estuvieren relacionados las comunidades originarias.

4. Que de no responder de manera satisfactoria y perentoria a la presente las comunidades del Pueblo Kolla, con la adhesión de las comunidades del Pueblo Atacama, Pueblo Lule, Pueblo Tastil y Pueblo Diaguita, nos veremos en la obligación de recurrir a todas las medidas tendientes al cumplimiento de nuestro derecho.

Para constancia refrendan la presente delegados y autoridades comunitarias presentes.

– Fuente: FM La Plaza

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