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viernes, abril 26, 2024

La Pampa legalizó el aborto y Río Negro la eutanasia

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La interrupción voluntaria del embarazo quedará efectivamente despenalizada en La Pampa a partir del 13 de diciembre si el gobernador actual Carlos Verna o el gobernador electo Oscar Jorge no vetan la norma. En Río Negro legalizan la eutanasia.

La Legislatura pampeana aprobó un proyecto del socialista Adrián Peppino que legaliza el aborto. El expediente fue aprobado por 18 votos a favor del FRAP, ARI, Frente para la Victoria, PS, PJ y Corriente Peronista Federal. Sólo 5 de los 12 diputados que integran el bloque del PJ votaron en contra.

Durante la sesión estuvieron presentes mujeres de la “Comisión por el derecho al aborto” y militantes provida.

La ley establece que se practicará el aborto:

– En un plazo de 6 días a partir de que la mujer “demente o idiota” embarazada o su representante legal solicite el aborto.

– Cuando un equipo interdisciplinario diagnostique que el embarazo pone en riesgo la “salud integral” de la mujer y la gestante preste consentimiento se practicará el aborto en un plazo no mayor a 6 días (art. 4º).

Al definir el concepto de “salud integral” el expediente remite a la definición adoptada en la ley provincial de esterilización quirúrgica: “el estado de bienestar físico, psíquico y social que implica adaptación dinámica de la persona a su medio”. Por eso el equipo interdisciplinario estará integrado por un ginecólogo, un psiquiatra, un médico clínico o generalista y un asistente social. (art. 8º).

Según informa el sitio “infovida”, el mecanismo para manifestar la objeción de conciencia será a través de una declaración escrita presentada a la Dirección del Hospital, en un plazo de 30 (treinta) días de promulgada la norma y deberá ser renovable cada 2 (dos) años. Los profesionales que no hayan expresado la objeción no podrán negarse a efectuar los abortos. “El registro de objetores de conciencia deberá ser de acceso público” (art. 7º).

La expectativa está puesta ahora en la promulgación de la norma. Quedará promulgada de hecho el 13 de diciembre, si el actual gobernador, Carlos Verna o el gobernador electo, Oscar Jorge, no la vetan.

Muerte digna en Río Negro

jpg_muertedigna.jpgLa Legislatura de la provincia de Río Negro sancionó el 29 de noviembre los proyectos sobre “muerte digna” y “voluntad anticipada” cuya autora es la legisladora Marta Milesi (UCR).

“Muerte digna” (eutanasia) (exp. nº 45/2007) establece que toda persona que padezca una enfermedad irreversible, esté en estado terminal o haya sufrido un accidente que lo coloque en igual situación, tiene “derecho” a manifestar su rechazo a los procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial.

Está previsto, además, que cuando el paciente se encuentre incapacitado para tomar la decisión, el rechazo al tratamiento podrá realizarlo el cónyuge, representante legal o un descendiente directo.

“Voluntad anticipada” (exp. nº 859/2006) permite declarar en cualquier momento de la vida y ante escribano público que -en caso de padecer una enfermedad irreversible, estar en estado terminal o sufrir un accidente que lo coloque en igual situación- rechaza los procedimientos quirúrgicos, la hidratación y alimentación y la reanimación artificial. Creando el Registro de Voluntades Anticipadas (RVA) en el ámbito del Ministerio de Salud de la provincia.

Algunos sostienen que esto sólo autoriza la práctica de la eutanasia como retiro de los medios terapéuticos pero no protege de la encarnización de estos medios.

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